Malas noticias para Mónica Oltra.
La exvicepresidenta de la Generalitat Valenciana acaba de conocer que un juez confirma su procesamiento por haber encubierto el acoso sensual de su exmarido hacia una menor tutelada.
En concreto, el titular del Juzgado de Instrucción número 15 de Valencia rechazó cinco recursos en los que se pedía poner fin a la causa contra la también exconsejera de Políticas Inclusivas y otros altos cargos.
El magistrado se suma al razonamiento del ministerio fiscal que concluyó que al haber sido todos los ahora procesados investigados por su participación, mayor o menor, de una u otra manera, en los dos episodios en los que la Audiencia sostiene la existencia de indicios de criminalidad justificadores del ulterior curso de la causa, lo pretendido por los recurrentes aparece como un imposible procesal.
Y es que, siempre según el fiscal, este hecho habría situado al instructor en una posición de rebelde obstinación frente al mandato de quien tiene atribuida legalmente la potestad revisoria de sus decisiones. Dicho de otro modo, habiendo ordenado la Audiencia la acomodación del procedimiento a los trámites del procedimiento abreviado sin limitación subjetiva alguna, el auto cuya reforma pretendían los recurrentes resulta plenamente ajustado a dicho imperativo y al momento procesal en que éste dejó la causa.
Por tanto, el juez se acoge a los argumentos del fiscal para echar abajo los recursos de reforma presentados por cinco exaltos cargos del departamento de Mónica Oltra contra el auto del 21 de junio de 2024 por el que se acordó su procesamiento.
La exvicepresidenta de la Generalitat Valenciana acaba de conocer que un juez confirma su procesamiento por haber encubierto el acoso sensual de su exmarido hacia una menor tutelada.
En concreto, el titular del Juzgado de Instrucción número 15 de Valencia rechazó cinco recursos en los que se pedía poner fin a la causa contra la también exconsejera de Políticas Inclusivas y otros altos cargos.
El magistrado se suma al razonamiento del ministerio fiscal que concluyó que al haber sido todos los ahora procesados investigados por su participación, mayor o menor, de una u otra manera, en los dos episodios en los que la Audiencia sostiene la existencia de indicios de criminalidad justificadores del ulterior curso de la causa, lo pretendido por los recurrentes aparece como un imposible procesal.
Y es que, siempre según el fiscal, este hecho habría situado al instructor en una posición de rebelde obstinación frente al mandato de quien tiene atribuida legalmente la potestad revisoria de sus decisiones. Dicho de otro modo, habiendo ordenado la Audiencia la acomodación del procedimiento a los trámites del procedimiento abreviado sin limitación subjetiva alguna, el auto cuya reforma pretendían los recurrentes resulta plenamente ajustado a dicho imperativo y al momento procesal en que éste dejó la causa.
Por tanto, el juez se acoge a los argumentos del fiscal para echar abajo los recursos de reforma presentados por cinco exaltos cargos del departamento de Mónica Oltra contra el auto del 21 de junio de 2024 por el que se acordó su procesamiento.
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