El CGPJ solo avisó de problemas con las penas máximas en la ley del solo sí es sí y el Ministerio de Igualdad le hizo caso 100%

Burt Lancaster

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¿Qué dijo el CGPJ y sobre qué advirtió durante la tramitación de la ley?
La Delegada del Gobierno para la Violencia de Género, Victoria Rosell, afirmó en rueda de prensa el 15 de noviembre que la ley pasó por todas las voces expertas del Ministerio de Justicia, del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y del Consejo Fiscal que “pusieron alguna pega a la proporcionalidad, pero nunca hablaron de revisión” [min 26:36]. Sin embargo, el CGPJ sí que habló de la posibilidad de que se pudieran rebajar las penas si se modificaban las máximas que se establecían hasta entonces en el Código Penal.

El CGPJ alertó el 25 de febrero de 2021, en el punto 245 de su informe preceptivo sobre el anteproyecto de la norma, que la reforma comportaría revisiones de las condenas máximas establecidas antes de la entrada en vigor de la ley: “La reducción de los límites máximos de las penas comportará la revisión de aquellas condenas en las que se haya impuesto las penas máximas conforme la regulación vigente”.

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Fuente: Informe sobre el anteproyecto de Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad sensual del Consejo General del Poder Judicial (febrero de 2021).
El día después de su rueda de prensa, Rosell tuiteó que el CGPJ "sólo advertía de revisar si bajaban las penas máximas" y que "en otros casos NO se revisaban. (Hasta ayer)". El catedrático en Derecho Penal Manuel Cancio coincide en que "en los informes del CGPJ, de la Fiscalía o del Consejo de Estado no se hablaba de la revisión de penas mínimas". Maldita.es también ha revisado estos informes y no ha encontrado nada relativo a la revisión de penas, excepto el caso sobre las penas máximas que mencionaba el CGPJ.

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El informe preceptivo del CGPJ sobre la ley hace referencia a una versión del texto que no es la que hoy está aprobada. Era una versión anterior del anteproyecto del Ministerio de Igualdad. En él se proponía la rebaja de algunas penas máximas. Por ejemplo, se reducía la pena máxima por violación: de 12 a 10 años de guandoca [art.179]. El Código Penal vigente en aquel momento penaba la violación con una horquilla de 6 a 12 años. Ese borrador del anteproyecto, de octubre de 2020, proponía dejarlo en una horquilla de 4 a 10 años.

Tras recibir el informe en el que el CGPJ alertaba de que rebajar esas máximas podría conllevar rebajas de condenas –como han asegurado tanto Irene Montero, como Victoria Rosell– Igualdad decidió no rebajarlas. Este fue el proyecto que aprobó el Consejo de Ministros y que mandó al Congreso, donde ya no se incluía el descenso del máximo de algunas penas, pero sí del mínimo. Por ejemplo, esta versión acabó dejando la horquilla para la violación en una pena de 4 a 12 años. Mantuvieron el descenso en el mínimo, pero no en el máximo. El CGPJ en su informe no se pronunciaba sobre la disminución de estos mínimos y la ley acabó saliendo adelante en el Congreso dejando la pena por violación en esa horquilla de 4 a 12 años [art. 179].


 
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