Hola a todos.
Me surge una duda sobre el proceso de investidura. Según tengo entendido, el Rey encarga al candidato mas votado (Feijoo). Probablemente, haya 2 intentos (primero por mayoría absoluta, luego simple).
Suponiendo que falle ambos intentos, hay 2 meses para volver a intentarlo, o se convocan elecciones.
La duda es: ¿Puede Feijoo “mantener” el encargo de formar gobierno durante los dos meses, alegando que “esta cerca de alcanzar un pacto” o algo similar, forzando así una repetición electoral sin dar oportunidad a Sanchez?
En 2016 Rajoy renunció al “encargo” de formar gobierno.. pero ¿Que hubiera pasado si no hubiera renunciado?.¿Debe el Rey retirar el “encargo de formar gobierno” pasado cierto tiempo, o tras un número determinado de investiduras fallidas?¿Dice algo la ley sobre este extremo?
Gracias
Me surge una duda sobre el proceso de investidura. Según tengo entendido, el Rey encarga al candidato mas votado (Feijoo). Probablemente, haya 2 intentos (primero por mayoría absoluta, luego simple).
Suponiendo que falle ambos intentos, hay 2 meses para volver a intentarlo, o se convocan elecciones.
La duda es: ¿Puede Feijoo “mantener” el encargo de formar gobierno durante los dos meses, alegando que “esta cerca de alcanzar un pacto” o algo similar, forzando así una repetición electoral sin dar oportunidad a Sanchez?
En 2016 Rajoy renunció al “encargo” de formar gobierno.. pero ¿Que hubiera pasado si no hubiera renunciado?.¿Debe el Rey retirar el “encargo de formar gobierno” pasado cierto tiempo, o tras un número determinado de investiduras fallidas?¿Dice algo la ley sobre este extremo?
Gracias