Carrus Magníficus
Madmaxista
Vamos a imaginar por un momento que hay una solución pacífica, tranquila y legal al problema que España tiene con el usurpador orate, los terroristas y los separatistas. He intentado buscarla y, que me ayuden los abogados o entendidos en Derecho del foro, he encontrado lo siguiente en la Constitución:
1. La responsabilidad criminal del Presidente y los demás miembros del Gobierno será exigible, en su caso, ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.
2. Si la acusación fuere por traición o por cualquier delito contra la seguridad del Estado en el ejercicio de sus funciones, sólo podrá ser planteada por iniciativa de la cuarta parte de los miembros del Congreso, y con la aprobación de la mayoría absoluta del mismo.
3. La prerrogativa real de gracia no será aplicable a ninguno de los supuestos del presente artículo.
Bueno... esta es la premisa legal para que el felon y su cuadrilla de filibusteros empiecen a desfilar por los juzgados. Ha cometido traicion pues vulnera la indisolubilidad de Espana y se asocia con terroristas para tal efecto; pero para eso hace falta que un cuarto del Congreso se manifieste, y la aprobacion sea por mayoria absoluta.
Explicado en otras palabras:
Por su parte, el artículo 102.2 de la Constitución establece un régimen peculiar para el caso de que la responsabilidad criminal exigida al Presidente o a los demás miembros del Gobierno lo fuera en virtud de una acusación por traición o por cualquier delito contra la seguridad del Estado en el ejercicio de sus funciones. En tales casos, dispone el precepto constitucional que sólo podrá ser planteada por iniciativa de la cuarta parte de los miembros del Congreso, y con la aprobación de la mayoría absoluta del mismo. Dos aspectos conviene destacar:
-En primer lugar, el presupuesto habilitante para que opere esta previsión constitucional consiste en que el hecho que se imputa al miembro del Gobierno lo sea por cualquier delito contra la seguridad del Estado, debiendo atender para determinar la eventual existencia de un delito de tal naturaleza al aspecto material, y no simplemente a su denominación como tal en la legislación penal, máxime si se tiene en cuenta que en el vigente Código Penal no existe específicamente un Título referido nominalmente a los "delitos contra la seguridad del Estado". Además, se exige que la eventual comisión del hecho delictivo por el miembro del Gobierno lo haya sido en el ejercicio de sus funciones como tal, requisito éste que, no obstante, en la práctica será difícil que no concurra teniendo en cuenta la tipificación de este tipo de delitos y la conexión que de una manera u otra podrá establecerse con la condición de miembro de Gobierno del presunto autor del hecho delictivo.
En efecto, la acusación en estos casos corresponderá exclusivamente al Congreso de los Diputados, por iniciativa de al menos una cuarta parte de sus miembros y con la aprobación de la mayoría absoluta del Congreso.
Y el delito, uno de los varios cometidos por el desgobierno izquierdista, es el siguiente:
1. Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.
2. Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas.
Creo que no hace falta explicar mucho.
Vale...
Quiere decir que la presión que la sociedad tiene que ejercer no es únicamente contra los socialistas, sino contra todos aquellos representantes del Congreso que tienen la potestad de forzar la caída del titiritero orate de Sánchez y su cuadrilla de filibusteros izquierdistas.
Si va a funcionar o no, ni idea. Pero si no utilizamos todo lo que haya a nuestro alcance y no hay foco en movimientos, manifestaciones... va a resultar en un esfuerzo estéril.
Por lo tanto: no se trata solo de hacer la vida imposible a los socialistas, separatistas, terroristas y extremoizquierdistas de todo pelaje como agentes del mal y personas non gratas en cualquier lugar por el que pisen, sino que también hay que presionar a los restantes para que hagan lo que tienen que hacer para extirpar el kamikaze rojo que va a apiolar a todos.
De nuevo... abogados, entendidos en Derecho... comentad por si se me escapa algo.
Artículo 102
1. La responsabilidad criminal del Presidente y los demás miembros del Gobierno será exigible, en su caso, ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.
2. Si la acusación fuere por traición o por cualquier delito contra la seguridad del Estado en el ejercicio de sus funciones, sólo podrá ser planteada por iniciativa de la cuarta parte de los miembros del Congreso, y con la aprobación de la mayoría absoluta del mismo.
3. La prerrogativa real de gracia no será aplicable a ninguno de los supuestos del presente artículo.
Bueno... esta es la premisa legal para que el felon y su cuadrilla de filibusteros empiecen a desfilar por los juzgados. Ha cometido traicion pues vulnera la indisolubilidad de Espana y se asocia con terroristas para tal efecto; pero para eso hace falta que un cuarto del Congreso se manifieste, y la aprobacion sea por mayoria absoluta.
Explicado en otras palabras:
Por su parte, el artículo 102.2 de la Constitución establece un régimen peculiar para el caso de que la responsabilidad criminal exigida al Presidente o a los demás miembros del Gobierno lo fuera en virtud de una acusación por traición o por cualquier delito contra la seguridad del Estado en el ejercicio de sus funciones. En tales casos, dispone el precepto constitucional que sólo podrá ser planteada por iniciativa de la cuarta parte de los miembros del Congreso, y con la aprobación de la mayoría absoluta del mismo. Dos aspectos conviene destacar:
-En primer lugar, el presupuesto habilitante para que opere esta previsión constitucional consiste en que el hecho que se imputa al miembro del Gobierno lo sea por cualquier delito contra la seguridad del Estado, debiendo atender para determinar la eventual existencia de un delito de tal naturaleza al aspecto material, y no simplemente a su denominación como tal en la legislación penal, máxime si se tiene en cuenta que en el vigente Código Penal no existe específicamente un Título referido nominalmente a los "delitos contra la seguridad del Estado". Además, se exige que la eventual comisión del hecho delictivo por el miembro del Gobierno lo haya sido en el ejercicio de sus funciones como tal, requisito éste que, no obstante, en la práctica será difícil que no concurra teniendo en cuenta la tipificación de este tipo de delitos y la conexión que de una manera u otra podrá establecerse con la condición de miembro de Gobierno del presunto autor del hecho delictivo.
En efecto, la acusación en estos casos corresponderá exclusivamente al Congreso de los Diputados, por iniciativa de al menos una cuarta parte de sus miembros y con la aprobación de la mayoría absoluta del Congreso.
Y el delito, uno de los varios cometidos por el desgobierno izquierdista, es el siguiente:
Jurisprudencia
Artículo 155
Artículo 155
1. Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.
2. Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas.
Creo que no hace falta explicar mucho.
Vale...
Quiere decir que la presión que la sociedad tiene que ejercer no es únicamente contra los socialistas, sino contra todos aquellos representantes del Congreso que tienen la potestad de forzar la caída del titiritero orate de Sánchez y su cuadrilla de filibusteros izquierdistas.
Si va a funcionar o no, ni idea. Pero si no utilizamos todo lo que haya a nuestro alcance y no hay foco en movimientos, manifestaciones... va a resultar en un esfuerzo estéril.
Por lo tanto: no se trata solo de hacer la vida imposible a los socialistas, separatistas, terroristas y extremoizquierdistas de todo pelaje como agentes del mal y personas non gratas en cualquier lugar por el que pisen, sino que también hay que presionar a los restantes para que hagan lo que tienen que hacer para extirpar el kamikaze rojo que va a apiolar a todos.
De nuevo... abogados, entendidos en Derecho... comentad por si se me escapa algo.