Ejquelosfajsistassonellos
Resignado ante la victoria de los malvados en Esp.
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Es decir, a día de hoy la empresa solo se pone como gasto el despido.
Ejemplo:
Empresa tiene a Pepe, cada año descontando todo gana 10.000 euros netos, pero va ganando 1 antigüedad del currante que cobra 2000 al mes. Tras 20 años tiene que echar al currante (puede ser 20 dias, 33, 45, etc), redondeamos a 1 mes/30 días por año poruqe mas o menos da lo mismo, y le tiene que pagar 20 años al trabajador (40.000 euros). Es el beneficio de 4 años, que debería haberse repercutido cada año pero la empresa se joroba. Ese año pierde 30.000 euros, y no le cuenta como menor ingreso de los años que debería haberse puesto la provisión.
Lo que propongo.
-Segun la Ley que haya, se pone como gasto CADA AÑO la provisión de fondo del despido improcedente (o al menos objetivo), del trabajador. Es decir, en el caso anterior, la empresa pagaría sociedad por los 10.000 de beneficio menos 2.000 de provisión de fondo del despido (es decir, haría la declaración por un beneficio de 8.000, no por 10.000.
-En el caso anterior, cuando el trabajador es despedido, y paga 40.000 euros, solo se pone como gasto ese año los 2000. Es decir, la empresa acaba pagando lo mismo pero devengando cada año el gasto.
-Si el trabajador se va de forma voluntaria, todas las provisiones pasan a ser ingreso extraordinario de ese año, y pasaría a tributar como beneficio extra.
Yo creo que es más justo y más real. En la práctica:
-Se retrasa un poco los pagos, pero de un efecto realista contable. En los casos de derrumbe de la empresa que tenga que afrontar muchos despidos, ahorra algo de dinero en impuestos debido a que tributó los beneficios reales, en vez de los nominales (ya que Hacienda no te va a dar dinero si tienes pérdidas salvo que compenses en años posteriores)
En fin, ahí queda esa idea.
Ejemplo:
Empresa tiene a Pepe, cada año descontando todo gana 10.000 euros netos, pero va ganando 1 antigüedad del currante que cobra 2000 al mes. Tras 20 años tiene que echar al currante (puede ser 20 dias, 33, 45, etc), redondeamos a 1 mes/30 días por año poruqe mas o menos da lo mismo, y le tiene que pagar 20 años al trabajador (40.000 euros). Es el beneficio de 4 años, que debería haberse repercutido cada año pero la empresa se joroba. Ese año pierde 30.000 euros, y no le cuenta como menor ingreso de los años que debería haberse puesto la provisión.
Lo que propongo.
-Segun la Ley que haya, se pone como gasto CADA AÑO la provisión de fondo del despido improcedente (o al menos objetivo), del trabajador. Es decir, en el caso anterior, la empresa pagaría sociedad por los 10.000 de beneficio menos 2.000 de provisión de fondo del despido (es decir, haría la declaración por un beneficio de 8.000, no por 10.000.
-En el caso anterior, cuando el trabajador es despedido, y paga 40.000 euros, solo se pone como gasto ese año los 2000. Es decir, la empresa acaba pagando lo mismo pero devengando cada año el gasto.
-Si el trabajador se va de forma voluntaria, todas las provisiones pasan a ser ingreso extraordinario de ese año, y pasaría a tributar como beneficio extra.
Yo creo que es más justo y más real. En la práctica:
-Se retrasa un poco los pagos, pero de un efecto realista contable. En los casos de derrumbe de la empresa que tenga que afrontar muchos despidos, ahorra algo de dinero en impuestos debido a que tributó los beneficios reales, en vez de los nominales (ya que Hacienda no te va a dar dinero si tienes pérdidas salvo que compenses en años posteriores)
En fin, ahí queda esa idea.