CUSTODIA NIÑOS ¡La fiscalía de Asturias contra la reforma de Podemos! ¡Esperanza para el padre ♂!

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Madmaxista
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LA FISCALÍA DE ASTURIAS CONTRA LA REFORMA DE PODEMOS! ESPERANZA PARA EL PADRE!




tras*cripción (ojo, puede contener errores, ya que está hecha por una «máquina»):


Bueno pues por fin un poco de cordura en todo esto la fiscalía de Asturias ha solicitado la inmediata revisión o contrarreforma del artículo 94.4 del código civil que fue modificado el año pasado entró en vigor esta reforma en septiembre del año pasado cuando se aprobó la Ley Orgánica 821 y que bloquea el régimen de visitas para los padres solo con la presentación de la denuncia de una mujer aduciendo que sufre violencia de género yo no quiero subestimar a mi audiencia pero quiero que entendáis lo que ha ocurrido desde septiembre del año pasado lo que pasaba antes lo que pasa ahora la fiscalía considera que se está produciendo una instrumentalización de denuncias con el único objetivo en algunos casos de conseguir la custodia de los hijos el uso y disfrute de la vivienda familiar y también una pensión de alimentos para los hijos considera que se vulnera el principio de presunción de inocencia dando valor de prueba únicamente a la denuncia de una mujer el tribunal constitucional por su parte considera que no hay una vulneración total del principio de presunción de inocencia porque el juez motivadamente en un informe sí que puede dar Pues un régimen de visitas a favor del padre pero tengan ustedes esto en cuenta solo con la denuncia de una mujer qué pasaba antes de la entrada en vigor de esta Ley Orgánica 821 antes de septiembre del año pasado bueno los que sois abogados lo sabéis los que sois profanos no y os lo voy a explicar de una manera sencilla mujer presentaba una denuncia por violencia de género hombre al calabozo del calabozo pasaba a disposición judicial Y si había menores si la mujer solicitaba una orden de alejamiento una orden de protección se celebraba una comparecencia que está recogida en el 544 trotter de la ley de enjuiciamiento criminal en esa comparecencia el juez oía al abogado de la acusación particular de la mujer si lo había al abogado de la defensa y al ministerio fiscal y se adoptaban dependiendo del caso en concreto medidas provisionales para esos menores régimen de visitas para el padre pensión de alimentos eran medidas provisionales que tenían una duración de 30 días y después se podían ratificar si presentamos una demanda de divorcio de separación o solicitadas un régimen un convenio regulador de guarda custodia y alimentos sí había peligro para los menores que esto también lo contempla la fiscalía es decir había mecanismos para evitar adoptar régimen de visitas si había riesgo para la vida o la integridad física de los menores si se daba ese supuesto esa orden de protección se hacía extensiva también a los hijos pero sí que había un momento en el que se oía los abogados se escuchaba el Ministerio fiscal para adoptar un régimen de visitas provisional a los menores Qué pasó Cuando entró en vigor la Ley Orgánica 821 el año pasado pues se modificó el artículo 94-4 del código civil es decir este artículo ahora contempla que en el caso de que una mujer denuncie un hombre solo con la denuncia denuncia a un hombre por violencia de género el artículo dice expresamente que si existía un régimen de visitas a favor del padre porque ya estuvieran separados existiera un convenio regulador ese régimen de visitas quedaba en suspenso solo con la denuncia solo con la denuncia eso está ocurriendo a día de hoy y si no existiese régimen de visitas no se adoptaba ninguno es decir que solo con la denuncia de la mujer sin ninguna prueba sin ninguna prueba el padre ya no podía ver desde ese momento a sus hijos no sé por qué lo dicho en pasado porque es lo que está ocurriendo en la actualidad el padre que a día de hoy se ha denunciado solo con la denuncia insisto de una mujer ante un juzgado ante la guardia civil ante la policía ya no se adoptan visitas a favor de los niños claro dice el tribunal constitucional que si el juez en un informe motivado sí que considera que no hay riesgo para la vida de los niños entonces sí que se puede adoptar ese régimen de visitas pero todos sabemos la inmediatez con la que se pasa a disposición judicial al hombre y lo automático que es todo yo desde que entró en vigor esta reforma no se han adoptado para mis clientes en ningún caso régimen de visitas es algo automático Y estos procedimientos pueden durar meses y años Alguien ha pensado en esos niños Por qué damos por hecho que la mujer que denuncia no lo hace con el ánimo torticero de conseguir la custodia de conseguir la vivienda de conseguir Obviamente si tiene la custodia una pensión de alimentos a favor de los hijos sin practicarse ninguna prueba solo con su palabra qué perjuicios se les está ocasionando a los niños sin ver a su padre Durante un año durante unos meses claro y es que pensamos que no hay mujeres por eso insisto tanto desde este canal que se legisla partiendo de una premisa errónea que las mujeres nunca mienten que las mujeres somos seres de luz que las mujeres lo único que queremos es el bienestar para nuestros hijos no hay mujeres que son malas igual que hay hombres que son malos yo ya os he contado en vídeos anteriores que yo tengo un cliente en concreto que ha pasado un tormento con su ex no estaban casados eran pareja nada más un tormento desde que se acordó ese convenio regulador hace años día a día de hoy que está asesorada por una abogada por una abogada le está diciendo que intente pinchar un poquito a ver si Consigue a lo mejor una frase fuera de contexto en un mensaje para qué para impedir el régimen de visitas del padre para conejo hay mujeres que son así Yo sé que Habrá gente que vea este vídeo y diga Begoña es que claro hay violencia vicaria no digo yo que no pero qué pasa por qué los medios de comunicación solo se hacen eco de la violencia vicaria violencia vicaria cuando es el hombre El que comete estos actos tan reprobables estos delitos porque no se han hecho eco de las mujeres que han sido condenadas a prisión permanente revisable Y quién han sido las víctimas menores sus hijos en algunos casos lo he comentado en un vídeo anterior que grabé hablando de las mujeres que han sido condenadas a presión permanente revisable las víctimas siempre son niños cuando han utilizado a sus hijos para conseguir lo que querían que era dominar a sus parejas porque nadie ha comentado esto porque he sido yo de las pocas personas que públicamente ha dicho Oigan ustedes que también hay mujeres condenadas a prisión permanente revi por estos hechos y además todas las que han sido condenadas a prisión permanente revisable todas lo han sido por asesinar a sus hijos o a los hijos de sus parejas de una manera atroz Claro que tenemos que tener un poco en cuenta de que ni todos los hombres son malos ni todas las mujeres son seres de luz a mí me parece muy bien que por fin la fiscalía se pronuncia en este caso es la fiscalía de Asturias una mujer por cierto que se está dando cuenta de lo que está pasando que no todas las denuncias por violencia de género dan lugar una sentencia condenatoria Aunque yo me atrevo a decir que en un 80 ya estoy siendo generosa así que terminan con una condena por lo que os decía antes porque hay una automatismo a la hora de de aplicar la ley de violencia de género el juez tampoco tiene demasiado margen hay un informe forense la palabra de la víctima desde luego vale más que la palabra del hombre y hay una condena Pero y en los casos que no se produce una estigmatización de los padres y también hacia los niños que nadie piensa en los niños en este caso o sea tú estás en tu casa con tu padre y con tu progenitora un día discuten o ya tienen mala relación y de la noche a la mañana dejas de ver a tu padre y un año después vuelves a verlo y por supuesto aunque digan que no existe la negación parental lo que sí que existe es una manipulación de los niños los niños y esto lo he visto en mi práctica profesional lo único que buscan es que les quieran y si para eso tienen que agradar a su padre o a su progenitora lo hacen porque quieren conseguir el cariño de esto pueden hablar mejor que yo los psicólogos pero yo sí que he visto casos de niños que están con su padre dicen una cosa están con su progenitora dicen la contraria porque lo único que quieren es agradar a sus padres y me parece lamentable obviamente ni abogados ni los jueces ni los políticos por muchas reformas que hagan en un sentido o en otro van a poder entrar en la casa de una familia y observar qué es lo que se dicen cómo se lo dicen no pero lo que no puede ser es que no haya presunción de inocencia en este país para los hombres en Casos de violencia de género Así que empezamos el lunes por lo menos con una buena noticia de esta noticia solo se han hecho eco dos periódicos Pero bueno Ahí está la fiscalía de Asturias ha pedido la inmediata revisión o contrarreforma del artículo 94.4 del código civil poco tiempo después de que se haya reformado estos indicativo de que a veces en este caso en el gobierno voy a decir siempre estas reformas que se hacen Únicamente con la emoción para calmar a la masa después de haberle infundido un problema que no existe que no existe es una catástrofe es un fracaso y miedo me da lo que puede llegar a pasar con la aprobación si finalmente se aprueba la ley tras* la entrada en vigor de la ley tras* eso es algo que a mí se me ponen los pelos como escarpias y yo creo que no debería no debería de aprobarse Pero en fin chicos ya veremos qué es lo que pasa a lo largo de este año y del próximo Gracias por verme lo voy a dejar aquí gracias por vuestro apoyo por vuestros mensajes de cariño no puedo leerlos todos porque ya empiezan a ser muchos soy honesta leo todo lo que puedo os agradezco un montón que le deis like al vídeo para que llegue a más gente y para que sirva de motivación para mí para seguir grabando todas las mañanas y dicho esto Gracias por verme un placer y nos vemos en el próximo vídeo.
 
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Asturias es un pozo infecto de progresía y miseria.

Tienen que cambiar mucho las cosas allí, pero que mucho mucho.

Como diría el famoso meme: "A ver, que yo lo vea".
 
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