¿Trabajas? ¿Soportas retenciones de IRPF durante el año en concepto de rentas de trabajo o rentas de capital (intereses de los depósitos)?
Si es asi, enhorabuena, aunque solo hubieras trabajado un dia en el año o incluso si solamente tuvieras retenciones por la liquidación de intereses de las cuentas corrientes ya puedes hacer la declaración de la renta y ya eres una unidad familiar. Declaras tus rendimientos de trabajo, tus rendimientos de capital, si tienes viviendas/cocheras a tu nombre, tendrás que declararlas bien como rentas inmobiliarias por el hecho de tenerlas a tu disposición o si las tienes alquiladas, tendrás que calcular los rendimientos inmobiliarios que te dejan.
Todo esto se añade en el programa padre de AEAT, y dependiendo de lo ganado en el año y de las retenciones de IRPF que has soportado, te saldrá a devolver o a pagar, asi de sencillo.
Al hacer tú la declaración, tus padres no podrán incluir en su declaración a ti como hijo descendiente menor de 25 años por lo que no tendrán derecho a la deducción de los 918 euros por descendiente que está contemplada en la ley, vamos una frutadita para tus padres.
A ti te devolverían lo poco de retenciones que te hubieran practicado por ese día/días de trabajo o por lo que te hubieran retenido en la liquidación de intereses, y a tus padres, pues lo más probable que le perjudique el resultado de la declaración bastante más de lo que tú obtendras en la devolución de tu renta.
---------- Post added 30-jul-2013 at 10:40 ----------
si vives con tus padres almenos te pagarán la luz, el gas y el agua, no ?
Si, y se alimenta últimamente del aire....