Cuál es la forma correcta de registrar una casa a día de hoy?

Yagami

Cuñado nija
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27 Dic 2021
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Muy buenas burbujos, invoco vuestra sabiduría por si podéis darme algún consejo a la hora de adquirir una vivienda, os pongo al corriente:
Tengo cuarenta y tantos, tengo pareja y dos hijos. No tengo matrimonio civil ni católico con mi pareja, ni siquiera somos pareja de hecho. Llevamos más de veinte años juntos y los hijos son de los dos. Actualmente vivimos en un piso que recibió ella de una herencia y comparte la propiedad con su hermano.
Tengo un dinero ahorrado y pensaba comprarme una casa en la playa. A día de hoy no tengo propiedades a mi nombre. El caso es que me asalta la duda, ya que aunque ahora las cosas me van bien con mi pareja, quién sabe si el día de mañana una fruta loca con el pelo azul reprograma la mente de mi señora pareja y me deja en la fruta calle viogenizado, denunciado y embargado.
El motivo de mi consulta es precisamente ese. No se muy bien como van las normas en ese tipo de situaciones, me supongo que lo que te pueden quitar es la vivienda habitual, pero no la "segunda vivienda". Hay algún problema en poner la casa de la playa a mi nombre? Mejor a nombre de los dos? (Ella trabaja a media jornada, no tiene pinta de que quiera contribuir ni con la entrada ni con la hipoteca). Los hijos son menores de edad. Algún consejo? Gracias de antebrazo.
 
Mientras no se convierta en vivienda habitual y la compres fuera del matrimonio, es tuya a todos los efectos legales.
 
Muy buenas burbujos, invoco vuestra sabiduría por si podéis darme algún consejo a la hora de adquirir una vivienda, os pongo al corriente:
Tengo cuarenta y tantos, tengo pareja y dos hijos. No tengo matrimonio civil ni católico con mi pareja, ni siquiera somos pareja de hecho. Llevamos más de veinte años juntos y los hijos son de los dos. Actualmente vivimos en un piso que recibió ella de una herencia y comparte la propiedad con su hermano.
Tengo un dinero ahorrado y pensaba comprarme una casa en la playa. A día de hoy no tengo propiedades a mi nombre. El caso es que me asalta la duda, ya que aunque ahora las cosas me van bien con mi pareja, quién sabe si el día de mañana una fruta loca con el pelo azul reprograma la mente de mi señora pareja y me deja en la fruta calle viogenizado, denunciado y embargado.
El motivo de mi consulta es precisamente ese. No se muy bien como van las normas en ese tipo de situaciones, me supongo que lo que te pueden quitar es la vivienda habitual, pero no la "segunda vivienda". Hay algún problema en poner la casa de la playa a mi nombre? Mejor a nombre de los dos? (Ella trabaja a media jornada, no tiene pinta de que quiera contribuir ni con la entrada ni con la hipoteca). Los hijos son menores de edad. Algún consejo? Gracias de antebrazo.
Si no existe vínculo matrimonial no hay sociedad de gananciales tampoco.

Si la compras tú y está a tu nombre, es tuya.

Si no es el domicilio familiar, ella vía niños no tiene derecho sobre esa vivienda. Lo único que entraría a decidir un juez en caso de separación es el usufructo de la vivienda familiar para el que acabe con la custodia.

Si la casa que quieres comprar no es para residencia ocasional sino para vivienda habitual familiar, entonces en caso de separación, sea tuya o no, el juez dará el usufructo al que tenga la custodia, que me aventuró que será ella.

La vivienda habitual que usáis ahora es de ella, por herencia. Si os separáis seguirá siendo de ella, pero al ser siendo vivienda habitual, si obtuvieses la custodia tú, cosa rarísima, te quedarías con el usufructo.

Al no estar casados, lo de cada cual es de cada cual. Punto pelota.en caso de separación, Sólo se hablaría del usufructo de la vivienda habitual para el que tenga la custodia y, por supuesto, de la pensión de alimentos.

Por cierto, si uno de los dos fallece, la pensión de viudedad, el superviviente, va a tener que pelearla contra la Seguridad Social, ya que al no haber matrimonio, les gusta mucho tocar los huevones y te toca demostrarlo activamente (cosa que me parece normal para evitar fraudes).

Si la casa la pones a nombre de los dos, es de los dos independientemente de quién la pague.

Una opción legal interesante es que os hagáis pareja de hecho: facilita las cosas frente a la viudedad, aunque tiene una carencia mayor que el matrimonio, pero tampoco crea sociedad alguna de gananciales (lo de cada cual es de cada cual)
 
Igual que yo: compré la casa y como la pagué yo, está solo a mi nombre. Aquí no hay hijos y estamos juntos, pero, como dice el refrán: "A medias ni con la mujer".

Si se porta bien ya me pensaré si se la dejo en el testamento.
 
Muy buenas burbujos, invoco vuestra sabiduría por si podéis darme algún consejo a la hora de adquirir una vivienda, os pongo al corriente:
Tengo cuarenta y tantos, tengo pareja y dos hijos. No tengo matrimonio civil ni católico con mi pareja, ni siquiera somos pareja de hecho. Llevamos más de veinte años juntos y los hijos son de los dos. Actualmente vivimos en un piso que recibió ella de una herencia y comparte la propiedad con su hermano.
Tengo un dinero ahorrado y pensaba comprarme una casa en la playa. A día de hoy no tengo propiedades a mi nombre. El caso es que me asalta la duda, ya que aunque ahora las cosas me van bien con mi pareja, quién sabe si el día de mañana una fruta loca con el pelo azul reprograma la mente de mi señora pareja y me deja en la fruta calle viogenizado, denunciado y embargado.
El motivo de mi consulta es precisamente ese. No se muy bien como van las normas en ese tipo de situaciones, me supongo que lo que te pueden quitar es la vivienda habitual, pero no la "segunda vivienda". Hay algún problema en poner la casa de la playa a mi nombre? Mejor a nombre de los dos? (Ella trabaja a media jornada, no tiene pinta de que quiera contribuir ni con la entrada ni con la hipoteca). Los hijos son menores de edad. Algún consejo? Gracias de antebrazo.

Te voy a contar la historia de un amigo:


Años '90, niño de familia bien avenida que en su 18 cumpleaños recibe como regalo de sus padres un piso en Alcalá de Henares. El chaval estudia, se saca una carrera, después se pone a trabajar ganando bastante pasta y se termina comprando un chalet en Villanueva de la Torre (Guadalajara) a la vez que mantiene el piso de Alcalá.

Se echa novia y la mete a vivir con él en el chalet sin vincular la pareja de ninguna manera, ni por matrimonio ni por registro de parejas de hecho; tampoco tienen hijos.
Al cabo de 2 años la tía le pone una demanda de separación y le reclama la mitad de su patrimonio, alegando que al llevar más de 2 años conviviendo se debe asimilar la relación a la de una pareja de hecho.

El juez le da la razón a ella y, gracias a que los padres de él tienen mucha pasta, llegan al acuerdo de darle a ella 30 millones de pesetas para que desaparezca del mapa.

No hubo denuncias de malos tratos y en aquel entonces ni siquiera se había aprobado la LIVG.

Ya te dejo a ti que saques tus propias conclusiones. Mi consejo es que te cases en régimen de separación de bienes, porque ahora estás en un limbo en el que una jueza hija de fruta puede interpretar lo que le dé la gana.


Bonus track: Cuando me contó la historia, decía que esa tía sólo estaba viva porque sus padres solventaron la situación, pero que si no hubiera sido por sus padres "Yo habría sido uno de esos hombres que salen en las noticias por quemar viva a su mujer en mitad de la calle" (en aquellos años hubo algunos casos así).
 
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Te voy a contar la historia de un amigo:


Años '90, niño de familia bien avenida que en su 18 cumpleaños recibe como regalo de sus padres un piso en Alcalá de Henares. El chaval estudia, se saca una carrera, después se pone a trabajar ganando bastante pasta y se termina comprando un chalet en Villanueva de la Torre (Guadalajara) a la vez que mantiene el piso de Alcalá.

Se echa novia y la mete a vivir con él en el chalet sin vincular la pareja de ninguna manera, ni por matrimonio ni por registro de parejas de hecho; tampoco tienen hijos.
Al cabo de 2 años la tía le pone una demanda de separación y le reclama la mitad de su patrimonio, alegando que al llevar más de 2 años conviviendo se debe asimilar la relación a la de una pareja de hecho.

El juez le da la razón a ella y, gracias a que los padres de él tienen mucha pasta, llegan al acuerdo de darle a ella 30 millones de pesetas para que desaparezca del mapa.

No hubo denuncias de malos tratos y en aquel entonces ni siquiera se había aprobado la LIVG.

Ya te dejo a ti que saques tus propias conclusiones. Mi consejo es que te cases en régimen de separación de bienes, porque ahora estás en un limbo en el que una jueza hija de fruta puede interpretar lo que le dé la gana.


Bonus track: Cuando me contó la historia, decía que esa tía sólo estaba viva porque sus padres solventaron la situación, pero que si no hubiera sido por sus padres "Yo habría sido uno de esos hombres que salen en las noticias por quemar viva a su mujer en mitad de la calle" (en aquellos años hubo algunos casos así).
Pues tu amigo te contó una bola.

Lo de los dos años de convivencia y tema pareja de hecho puede ser cierto para algunas cosas como la pensión compensatoria (que a día de hoy y en una pareja joven es muy poco y duraría meses). Pero sin hijos, ni de coña es lo que su amigo le dijo.

Ni tan siquiera casado y en gananciales porque los pisos eran de el antes de convivir.

Encima la figura de pareja de hecho no crea ninguna sociedad de gananciales. De hecho, no crea sociedad alguna. Si no medían hijos, el patrimonio es intocable.
 
Igual que yo: compré la casa y como la pagué yo, está solo a mi nombre. Aquí no hay hijos y estamos juntos, pero, como dice el refrán: "A medias ni con la mujer".

Si se porta bien ya me pensaré si se la dejo en el testamento.
Sin hijos, eso está muy mal. Si fuese viuda, tendría derecho a usufructo.

Pero lo de dejárselo en el testamento, nanay. El patrimonio debe de pasar a la familia de sangre.
 
Pues tu amigo te contó una bola.

Lo de los dos años de convivencia y tema pareja de hecho puede ser cierto para algunas cosas como la pensión compensatoria (que a día de hoy y en una pareja joven es muy poco y duraría meses). Pero sin hijos, ni de coña es lo que su amigo le dijo.

Ni tan siquiera casado y en gananciales porque los pisos eran de el antes de convivir.

Encima la figura de pareja de hecho no crea ninguna sociedad de gananciales. De hecho, no crea sociedad alguna. Si no medían hijos, el patrimonio es intocable.

Yo no conozco todos los detalles de la historia, pero tú conoces menos, así que creo que no estás en condiciones de juzgar si es cierto o no.
 
Pues tu amigo te contó una bola.

Lo de los dos años de convivencia y tema pareja de hecho puede ser cierto para algunas cosas como la pensión compensatoria (que a día de hoy y en una pareja joven es muy poco y duraría meses). Pero sin hijos, ni de coña es lo que su amigo le dijo.

Ni tan siquiera casado y en gananciales porque los pisos eran de el antes de convivir.

Encima la figura de pareja de hecho no crea ninguna sociedad de gananciales. De hecho, no crea sociedad alguna. Si no medían hijos, el patrimonio es intocable.
Que poco conoces tu a la charojusticia eJpañola.

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Yo no conozco todos los detalles de la historia, pero tú conoces menos, así que creo que no estás en condiciones de juzgar si es cierto o no.
En base a lo que ha dicho, en efecto, a esa historia le faltan detalles importantes, porque si no los hechos no encajan
 
En base a lo que ha dicho, en efecto, a esa historia le faltan detalles importantes, porque si no los hechos no encajan

Desconozco los detalles que faltan y hace muchos años que no tengo contacto con ese "chaval" (que ya tendrá más de 50 años).

Eres libre de no creértelo. ¿Qué quieres que te diga?
 
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