Condenado un policía a pagar 108.000€ a la familia de un colombiano por dispararle tras haberse fugado violentamente

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https://www.hoy.es/caceres/policia-...indemnizar-familia-20221129170807-nt_amp.html

La Audiencia Provincial de Cáceres ha condenado a indemnizar a la familia de la víctima con 108.000 euros y pagar una multa de 2.700 euros al policía nacional de Cáceres acusado de apiolar de un disparo el 2 de marzo de 2018 a un preso, el colombiano Jean Paul Belmondo S. Q., que se había dado a la fuga cuando le trasladaban a los juzgados. El tribunal le considera culpable de un delito de homicidio por imprudencia menos grave. Uno de sus miembros ha emitido un voto particular en el que se muestra disconforme con la pena impuesta y pide la absolución del policía al considerar que hizo un uso legítimo del arma y que la fin fue por un disparo accidental. Se declara el Estado responsable civil subsidiario.
En la sentencia que se acaba de hacer pública este martes, y que puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, la Audiencia considera probado que el 2 de marzo de 2018, cuando se encontraba el joven de veinticuatro años Nicolás, con numerosos antecedentes penales (robo con fuerza en las cosas) en cualidad de preso preventivo en el Centro Penitenciario de Cáceres, vino a resultar necesario cumplimentar unas diligencias en sede judicial. Por lo que cursada la correspondiente orden de su traslado al edificio de los juzgados,

Hacia las 9:48 horas llegó custodiado en un vehículo policial a los estacionamientos subterráneos del Palacio de Justicia. Uno de los agentes abrió la puerta del vehículo conductor para sacarlo, momento en el que recibió un fuerte impulso hacia atrás con la puerta que violentamente empujó el detenido tirándole al suelo, a la vez que su compañero, dirigiéndose a la puerta de salida del preso para apoyar la seguridad del mismo, fue igualmente atacado y salvajemente golpeado con una muleta por el detenido (quien nunca habría estado esposado en la conducción). En ese momento salió huyendo del coche salvando velozmente la rampa de acceso al precitado estacionamiento y, antes de que se cierre completamente la verja de la entrada, por el hueco consigió huir por la calle.

Alrededor de las 10,00 horas, con lluvia intensa y mal tiempo, se activó un amplio dispositivo policial de búsqueda con la participación de distintas unidades de la Guardia Civil, Policía Nacional y Policía Local (en total, lo formaron unos 48 agentes). Se delimitó una amplia zona de búsqueda orientada principalmente hacia la Ribera del Marco, en la falda o ladera de la Montaña en dirección a la carretera de Miajadas.

Sobre las 13.20 horas el preso fue localizado en una vivienda de la falda de la Montaña. Los primeros en llegar fueron dos policías locales y dos nacionales, entre ellos el acusado, quienes directamente visualizaron Jean Paul escondido en una finca de la zona. Los agentes se organizan y deciden ir, unos por la parte trasera y otros por otra, e incluso uno de ellos plantea subir al tejado con la finalidad de sorprenderle y apresarle finalmente.

Pero Jean Paul no resulta apresado y de nuevo huye, saliendo de esa finca campo a través, momento en el que, siempre según la sentencia, uno de los policías hace un disparo al aire para intimidarle y junto con su otro compañero se quedan un poco rezagados en la persecución, de modo que la más próxima (la persecución ) al fugado es mantenida principalmente por otro de los agentes y el acusado, quienes inmediatamente corren detrás de él, a escasos metros y gritando «alto, Policía», a la vez que disparan al aire con sus respectivas armas reglamentarias.

En un momento de esa persecución, continúa la sentencia, sobre terreno mojado y yendo el policía acusado más próximo al fugado, éste se vuelve hacía atrás y le tira una piedra que impacta en las dos manos con las que empuñaba su arma reglamentaria, que cae al suelo, si bien y, al seguir huyendo el preso con el otro policía nacional detrás, el acusado (sin recoger su arma reglamentaria) continua la persecución, sacando entonces del bolsillo izquierdo del pantalón su arma personal privada (que guardaba sin funda), no autorizada expresamente para su uso en el servicio policial. Se trataba de una pistola marca Smithwesson, modelo Body Guard 380, del calibre 9 mm. corto, para la que el agente tenía la correspondiente licencia general de armas.

Con ella empuñada en su mano izquierda (es zurdo) prosigue la persecución, disparando al aire cuatro o cinco veces (tiene en el cargador seis balas, aunque su capacidad sería de hasta siete) hasta que en un momento dado alcanza a Jean Paul, que forcejea con él (ambos se causan lesiones leves), si bien el fugado, consiguiendo zafarse de nuevo, continua la huida y el acusado igualmente va por detrás con dicha pistola presta para disparar, sin perderle de vista en ningún momento.

El relato de los hechos continua con que el fugado corre delante, dándole la espalda al agente y en dirección hacia la ciudad, mientras que el acusado, corriendo a unos seis o siete metros de distancia y por un terreno mojado, resbaladizo e intentando salvar el talud de tierra que precede a la citada calle (aproximadamente de un poco más de metro y medio de altura) resbala y cae al suelo llevando la pistola particular en la mano izquierda con el seguro voluntario quitado y con el dedo en el gatillo a la vez que físicamente orientado hacía el lugar de la calle tras*itada y por la que, a escasos metros, corría dándole la espalda Vidal desarmado, saliendo entonces un disparo que impacta directamente en la espalda del fugado quien en apenas unos instantes o minutos escasos cae al suelo herido de fin.

La bala del disparo procedente de la pistola privada del acusado entró por la espalda de Vidal y salió por delante de su cuerpo, no habiendo sido localizada en las inmediaciones del lugar de los hechos.
 
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