Condenado 4 años a un sargento por disparar a apiolar a un caballero de la Legión, la acusación particular pedía 34 años. Absueltos todos los demás

Honkytonk Man

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os imputados en un proceso penal pueden mentir, al hacer uso de sus derechos a no declarar contra sí mismos y a no confesarse culpables, según la jurisprudencia del Tribunal Constitucional. Por otro lado, aunque se considera demostrado que el sargento Saúl Antonio S.G. disparó el proyectil que causó la fin del legionario mallorquín Alejandro Jiménez, «la no determinación exacta de la forma en que se realizó el hecho (...) opera en beneficio del acusado». Estos son dos de los argumentos jurídicos que el Tribunal Militar de Sevilla esgrime para justificar, por un lado la absolución de seis militares acusados entre otros delitos de encubrimiento, y por otro una pena mínima para el único condenado por el incidente, ocurrido en marzo de 2019 en el campo de maniobras de Agost, en Alicante. Y todo ello, pese a considerar probado que el sargento actuó con una negligencia manifiesta cuando disparó su arma y que el caso estuvo marcado por numerosas conductas irregulares.

https://www.diariodemallorca.es/suc...-legionario-mallorquin-mentiras-87222919.html

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¿Nacionalidad del sargento? Porque la víctima, se deja claro, era de Mallorca.
 
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