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Portada / Tribunales
Blanca Valdés
|
04/4/2023 15:29
|
Actualizado: 05/4/2023 08:10
En esta noticia se habla de:
Audiencia Provincial de PontevedraBomberosPolicía NacionalRevelación de secretos
La Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a 3 años y medio de guandoca a una policía nacional y a su marido, bombero jubilado, por un delito de descubrimiento y revelación de secretos al acceder a información confidencial de un opositor a bombero relacionado con un delito de tráfico de drojas.
Además, a la agente de policía se le ha impuesto una pena de inhabilitación absoluta durante seis años y ambos deberán indemnizar a la víctima con 2.000 euros.
La sentencia 39/2023 de 31 de enero, que ha sido notificada ahora, ha sido dictada por los magistrados Victoria Eugenia Fariña Conde, Mercedes Pérez Martín-Esperanza y José Ramón Sánchez Herrero.
Según los hechos probados, el bombero jubilado solicitó a su mujer policía, la cual trabajaba en un puesto en la oficina de denuncias y atención a la ciudadanía, que accediera a las bases de datos policiales para obtener la citada información confidencial.
EL OBJETIVO ERA PERJUDICAR AL OPOSITOR A BOMBERO
El objetivo, según el tribunal, era perjudicar al opositor en la convocatoria celebrada en 2018 y correspondiente a la OPE 2014,2015 y 2016.
“A instancias de su marido, accedió a dicha base de datos con los indicados fines, prevaliéndose de su condición de funcionaria del Cuerpo Nacional de Policía y teniendo perfecto conocimiento de su ilícito proceder, a las 12:00:26, 12:00:54 y a las 12:21:43 horas del día 2 de diciembre de 2018, consultando así los datos registrados de ese aspirante”.
Tras esta consulta, según la sentencia, “siendo consciente de que no podía tras*mitir la información obtenida, reveló esta información a su marido”, quien, según indican los magistrados, “la utilizó con el fin de perjudicar al aspirante en su proceso de selección al cuerpo de bomberos”.
Los magistrados han considerado que que “no hay ninguna duda” de que la acusada “accedió a datos que no eran accesibles a cualquiera, con una finalidad meramente particular y dotada de una clara orientación de recabar información acerca del afectado para perjudicarle”.
La consulta no tenía ningún tipo de relación con el desempeño de sus funciones como policía, “careciendo de fundamento legal dicha injerencia y desbordando los límites de su función como agente de policía”.
La Sala señala en la resolución, contra la que cabe presentar recurso, que no puede dar por probado que el fin último fuese “favorecer a los alumnos del acusado, como sostiene la acusación particular, aun cuando, a la vista de todo lo expuesto, pueda fluir esa sospecha”.
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La Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a 3 años y medio de guandoca a una policía nacional y a su marido, bombero jubilado, por un delito de descubrimiento y revelación de secretos al acceder a información confidencial de un opositor a bombero relacionado con un delito de tráfico de drojas.
Además, a la agente de policía se le ha impuesto una pena de inhabilitación absoluta durante seis años y ambos deberán indemnizar a la víctima con 2.000 euros.
La sentencia 39/2023 de 31 de enero, que ha sido notificada ahora, ha sido dictada por los magistrados Victoria Eugenia Fariña Conde, Mercedes Pérez Martín-Esperanza y José Ramón Sánchez Herrero.
Según los hechos probados, el bombero jubilado solicitó a su mujer policía, la cual trabajaba en un puesto en la oficina de denuncias y atención a la ciudadanía, que accediera a las bases de datos policiales para obtener la citada información confidencial.
EL OBJETIVO ERA PERJUDICAR AL OPOSITOR A BOMBERO
El objetivo, según el tribunal, era perjudicar al opositor en la convocatoria celebrada en 2018 y correspondiente a la OPE 2014,2015 y 2016.
“A instancias de su marido, accedió a dicha base de datos con los indicados fines, prevaliéndose de su condición de funcionaria del Cuerpo Nacional de Policía y teniendo perfecto conocimiento de su ilícito proceder, a las 12:00:26, 12:00:54 y a las 12:21:43 horas del día 2 de diciembre de 2018, consultando así los datos registrados de ese aspirante”.
Tras esta consulta, según la sentencia, “siendo consciente de que no podía tras*mitir la información obtenida, reveló esta información a su marido”, quien, según indican los magistrados, “la utilizó con el fin de perjudicar al aspirante en su proceso de selección al cuerpo de bomberos”.
Los magistrados han considerado que que “no hay ninguna duda” de que la acusada “accedió a datos que no eran accesibles a cualquiera, con una finalidad meramente particular y dotada de una clara orientación de recabar información acerca del afectado para perjudicarle”.
La consulta no tenía ningún tipo de relación con el desempeño de sus funciones como policía, “careciendo de fundamento legal dicha injerencia y desbordando los límites de su función como agente de policía”.
La Sala señala en la resolución, contra la que cabe presentar recurso, que no puede dar por probado que el fin último fuese “favorecer a los alumnos del acusado, como sostiene la acusación particular, aun cuando, a la vista de todo lo expuesto, pueda fluir esa sospecha”.
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