시켈 !
Lonchafinista.
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Estoy leyendo mi póliza de Hogar de Mapfre.
Tengo contratado solo el continente. Y leo esto:
Las dudas son:
-¿Eso significa que cubre los mismos gastos que estamos pagando de seguro de comunidad? (si cada vecino tuviera seguro de piso sobraría el de comunidad, ¿no?)
-Me cobran por algo dos veces, puesto que si tenemos seguro de comunidad no necesito esta cobertura.
-¿en caso de derramas para ese tipo de cosas que no cubre el seguro de comunidad con la excusa de falta de mantenimiento o que fue debido al vandalismo esta cobertura lo abonaría, o tampoco?
(en otra parte de la póliza pone que no se cubre el vandalismo, con lo cual casi nada de lo que ocurre en el portal está cubierto, pues es obra de los señores "integrados")
-Reparaciones que obligue a hacer el ayto por la ITC supongo que tampoco estarían cubiertas, ¿no?
En definitiva: ¿no es una tomadura de pelo tener coberturas que se solapan?
¿Qué entendéis leyendo eso, debo pedir algo a mi seguro en caso de alguna reparación? (¿que lo paguen ellos o me den el dinero si lo paga el seguro de la comunidad? )
Otra cosa curiosa es que me incluyen por narices en el seguro los "complementos" al piso pero no el servicio de bricolaje en esos lugares(colgador de ropa que está en las escaleras y trastero).
Si meten esos metros en el seguro ¿no deberían cubrirlos como si fueran parte de mi casa para todos los servicios?
Tengo contratado solo el continente. Y leo esto:
"También estará asegurada, cuando la vivienda forme parte de una comunidad de propietarios, la cuota proporcional que corresponda al Asegurado en función de su porcentaje de copropiedad en la misma.
No obstante, la efectividad de esta cobertura queda subordinada a que, una vez producido el daño amparado en este contrato, los órganos de gobierno de la comunidad acuerden formalmente una cuota extraordinaria para cubrir os gastos de reparación y giren los correspondientes recibos nominales al efecto o en el caso de que la comunidad tuviera fondos para abonar el siniestro y no genere una cuota extraordinaria, se deberá acreditar el pago realizado por la misma y la cuota de la copropiedad que ostenta el Asegurado".
No obstante, la efectividad de esta cobertura queda subordinada a que, una vez producido el daño amparado en este contrato, los órganos de gobierno de la comunidad acuerden formalmente una cuota extraordinaria para cubrir os gastos de reparación y giren los correspondientes recibos nominales al efecto o en el caso de que la comunidad tuviera fondos para abonar el siniestro y no genere una cuota extraordinaria, se deberá acreditar el pago realizado por la misma y la cuota de la copropiedad que ostenta el Asegurado".
Las dudas son:
-¿Eso significa que cubre los mismos gastos que estamos pagando de seguro de comunidad? (si cada vecino tuviera seguro de piso sobraría el de comunidad, ¿no?)
-Me cobran por algo dos veces, puesto que si tenemos seguro de comunidad no necesito esta cobertura.
-¿en caso de derramas para ese tipo de cosas que no cubre el seguro de comunidad con la excusa de falta de mantenimiento o que fue debido al vandalismo esta cobertura lo abonaría, o tampoco?
(en otra parte de la póliza pone que no se cubre el vandalismo, con lo cual casi nada de lo que ocurre en el portal está cubierto, pues es obra de los señores "integrados")
-Reparaciones que obligue a hacer el ayto por la ITC supongo que tampoco estarían cubiertas, ¿no?
En definitiva: ¿no es una tomadura de pelo tener coberturas que se solapan?
¿Qué entendéis leyendo eso, debo pedir algo a mi seguro en caso de alguna reparación? (¿que lo paguen ellos o me den el dinero si lo paga el seguro de la comunidad? )
Otra cosa curiosa es que me incluyen por narices en el seguro los "complementos" al piso pero no el servicio de bricolaje en esos lugares(colgador de ropa que está en las escaleras y trastero).
Si meten esos metros en el seguro ¿no deberían cubrirlos como si fueran parte de mi casa para todos los servicios?