Mantequerías Machichaco
Himbersor
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no es ni medio normal, si un no comedor de jamón te da con un palo en la cabeza y te roba la cartera le cae menos condena.
Alvise hay que pinchar la burbuja de la Progresfera ya!!
Ambas mujeres trabajaban en una empresa dedicada a la distribución de artículos deportivos en el municipio alicantino de Finestrat, cuando la condenada la insultó en varias ocasiones, según la sentencia, dictada por un tribunal de la Sección Primera, que la considera responsable de un delito cometido contra el ejercicio de derechos fundamentales y libertades públicas reconocidos en la Constitución en concurso con un delito contra la integridad jovenlandesal.
El tribunal considera probado que la acusada se dirigió hacia su compañera de trabajo “con la intención de menoscabar su dignidad como persona, menospreciándola por su condición sensual debido a su intolerancia incompatible con la convivencia", y la "atacó verbalmente en sendas ocasiones".
De este modo, el tribunal acuerda la suspensión de la pena privativa de libertad, tras aplicar la atenuante de reparación del daño. La resolución judicial es firme, sin que quepa la posibilidad de recurso.
Alvise hay que pinchar la burbuja de la Progresfera ya!!
El tribunal considera probado que la acusada intentó "menoscabar su dignidad como persona, menospreciándola por su condición sensual"
La sentencia de la Audiencia de Alicante considera que la condenada cometió un delito contra los derechos fundamentales al atentar contra su honor
Una panadería de Málaga, denunciada por homófoba: "Nómina abril lgtb"
Ambas mujeres trabajaban en una empresa dedicada a la distribución de artículos deportivos en el municipio alicantino de Finestrat, cuando la condenada la insultó en varias ocasiones, según la sentencia, dictada por un tribunal de la Sección Primera, que la considera responsable de un delito cometido contra el ejercicio de derechos fundamentales y libertades públicas reconocidos en la Constitución en concurso con un delito contra la integridad jovenlandesal.
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El tribunal considera probado que la acusada se dirigió hacia su compañera de trabajo “con la intención de menoscabar su dignidad como persona, menospreciándola por su condición sensual debido a su intolerancia incompatible con la convivencia", y la "atacó verbalmente en sendas ocasiones".
La condenada admite su culpa y paga 1.000 euros en sustitución de la pena de prisión
La procesada admitió la acusación formulada por la Fiscalía y reconoció la autoría de los insultos, tras alcanzar un acuerdo de conformidad, por el que había asumido por anticipado el pago de la cantidad de 1.000 euros para resarcir el daño jovenlandesal causado a la víctima.De este modo, el tribunal acuerda la suspensión de la pena privativa de libertad, tras aplicar la atenuante de reparación del daño. La resolución judicial es firme, sin que quepa la posibilidad de recurso.
https://www.telecinco.es/noticias/v...-companera-trabajo-alicante_18_012725787.html