Burbuja cultural Protección legal de invenciones y "canciones"
Con el paso de los años he ido lanzando algunas patentes y modelos de utilidad.
Amén del enorme coste que supone el I+D, que puede ser de millones y millones de Euros (no en mi caso), los trámites necesarios para la concesión de estás formas de protección es enorme, y cómo mínimo hablamos de unos 30.000 € para Europa, más unos 7.000 para USA y Canadá, a lo que habrá que añadirle cerca de unos 1500 como poco para cada país adicional.
Da igual lo que hayamos invertido o lo huevonudo que sea nuestro invento, al cabo de 20 años si es patente y de 10 años si es modelo de utilidad. (Por supuesto siempre que se esté al tanto de pagar las tasas de mantenimiento). Tras el plazo pasarán las patentes y modelos de utilidad al dominio público.
Bueno, pues hete aquí que un señor titiritero del calibre de Ramoncín, puede crear una canción en un rato de inspiración, y su propiedad y derechos de explotación pertenecerán a él y a sus legítimos herederos por los siglos de los siglos. Amén.
Cuando una empresa se gasta lo que no está escrito, varias personas invierten su tiempo, su ilusión y su trabajo durante años, tienen menos derechos que cuando alguien lleva a cabo otra actividad creativa. En cualquier caso, o hay una sobreprotección de unos, o una infravaloración de los otros, pero a priori no veo por qué una canción tiene más valor o mérito que una banderilla, o un sistema antibloqueo de frenos.
Creo que es un tema que merece debate. ¿No?
Con el paso de los años he ido lanzando algunas patentes y modelos de utilidad.
Amén del enorme coste que supone el I+D, que puede ser de millones y millones de Euros (no en mi caso), los trámites necesarios para la concesión de estás formas de protección es enorme, y cómo mínimo hablamos de unos 30.000 € para Europa, más unos 7.000 para USA y Canadá, a lo que habrá que añadirle cerca de unos 1500 como poco para cada país adicional.
Da igual lo que hayamos invertido o lo huevonudo que sea nuestro invento, al cabo de 20 años si es patente y de 10 años si es modelo de utilidad. (Por supuesto siempre que se esté al tanto de pagar las tasas de mantenimiento). Tras el plazo pasarán las patentes y modelos de utilidad al dominio público.
Bueno, pues hete aquí que un señor titiritero del calibre de Ramoncín, puede crear una canción en un rato de inspiración, y su propiedad y derechos de explotación pertenecerán a él y a sus legítimos herederos por los siglos de los siglos. Amén.
Cuando una empresa se gasta lo que no está escrito, varias personas invierten su tiempo, su ilusión y su trabajo durante años, tienen menos derechos que cuando alguien lleva a cabo otra actividad creativa. En cualquier caso, o hay una sobreprotección de unos, o una infravaloración de los otros, pero a priori no veo por qué una canción tiene más valor o mérito que una banderilla, o un sistema antibloqueo de frenos.
Creo que es un tema que merece debate. ¿No?
Última edición: