así es.
dicha venta entre Luxemburgo y España no tiene iva; sino que se cobra cuando yo facturo a mis clientes en España (tambien tengo en Francia que, a su vez, tampoco les facturo el iva).
Obviamente... luego el iva que yo ingreso y el iva que paga la importacion de bienes fuera de la UE, se devuelve porque practicamente son operaciones intracomunitarias.
Perdona que haga de abogado del diablo, pero este un caso del que podemos aprender todos:
a) Al entrar las mercancías por Valencia, aduana cobra el IVA a tu empresa de Lux. Pongamos 100 + 21 € IVA
b) La empresa de Lux vende sin IVA a tu española, pongamos 200 €
c) La española vende al particular, pongamos a 300 € + 63€ IVA
d) Finalmente la empresa de Lux podría reclamar los 21€ y la española debe de pagar los 63€ a Hacienda. Resultado de IVA similar a si lo hicieras todo sólo con la española. Salvo por un feo detalle:
Si la mercancía no llega a Luxemburgo hay un embeleco de IVA en el punto b) ya que se supone* que no puedes demostrar el transporte a Lux porque no lo ha habido. Es decir, en una inspección te harían pagar los 42€ de IVA del punto b) más la multa en caso de no superar los 120.000 € en IVA o guandoca si los superas.
Tirando de este hilo se demuestra que la operación es 100% española con lo que hay embeleco también en el impuesto de sociedades y en el IRPF. Buen paquete el que te puede caer.
jovenlandesaleja: Creo que has elegido la peor opción entre las dos que hay, es decir 100% legal o 100% fraudulento, te quedas en el 50%. El problema es que las consecuencias es que pagarías como si fueras 100% fraudulento.
Así que ya que estás medio metido en el pantano, te recomiendo que salgas de él o estás a punto de tener que meter una empresa pantalla o "trucha" de por medio para convertirte en un embeleco "carrusel" de tomo y lomo.
se supone*: Con esto doy a suponer que no estás falsificando los documentos de transporte de mercancías, CMR, etc... ¡y lo peor es que tarde o temprano te los van a pedir!
Haz un análisis de costes de meter las mercancías por puerto Francés ya que de esta manera serías en mi opinión legal ya que sí hay transporte real intracomunitario. Y ESTO ES MUY IMPORTANTE.
P.D: ¿Está alguna de tus empresas en el Registro de operador intracomunitario o VIES?