Borradores IRPF sin la deducción estatal por alquiler de vivienda habitual

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Estamos hablando de una deducción del 10,05 por ciento del alquiler de nuestros zulitos (hasta un tope máximo y con bases imponibles menores de 24000 euros) que hablando en cristiano significa que nos devuelven la renta del alquiler de un mes y pico de 2008. El borrador no la calcula, si no movemos el ojo ciego dejamos de ganar de 500 a 1000 euros más o menos (depende del caso).

También hay deducciones autonómicas por el alquiler, pero depende de cada comunidad autónoma. En el caso de Galicia, los pisos de alquiler deben estar inscritos en el Instituto como-se-llame de vivienda, depositando el propietario una fianza a cambio de nada. Resultado: 9 de cada 10 no están apuntados => No procede deducción (un logro más del BNG a su paso por la Xunta :D ).

Finanzas.com dijo:
No confirme, todavía, el borrador
Las economías familiares no están como para rechazar el ingreso de la esperada Declaración de la Renta. Y, aunque a partir de hoy, ya se puede confirmar el borrador del IRPF, sería conveniente pararse una tarde, analizar todos los datos que le ha enviado Hacienda, contrastarlos y, sobre todo, añadir lo que considere necesario para no perder ni un solo céntimo de euro.

Y es que, en el borrador de la Declaración no aparece ni una sola de las deducciones a la que usted puede aspirar; no se recogen determinadas circunstancias familiares que hayan podido cambiar en 2008; ni aparecen determinadas aportaciones que haya podido realizar para ahorrar. Y todo ello, supone mucho dinero que, si confirma hoy mismo su borrador, dejará de obtener.

La deducción por vivienda habitual es el más importante (cuantitativa y cualitativamente) de los beneficios fiscales que puede obtener: hasta 9.015 euros por año; también lo es la deducción por alquiler (un 10% de lo aportado); la cuenta ahorro-vivienda (otros 9.015 euros, como máximo); las cuotas que haya satisfecho a los sindicatos; y, no lo olvide, las aportaciones que haya realizado a su plan de pensiones, que reducen la base imponible por la que cotiza. Ninguna de estas, y otras muchas partidas (reducciones de la base imponible, deducciones, retenciones, etc.), no aparecen en el documento de Hacienda.

Hasta finales de junio puede confirmar ese deseado borrador. No se trata sólo de cobrarlo cuanto antes (para este año, la Agencia Tributaria acelerará las devoluciones, que estarán satisfechas, en un 85%, antes de agosto), sino de hacerlo bien. Y más, en etapas de flaqueza económica.
 
Ese requerimiento de que el propietario haya depositado la fianza en la Admon. es un total desverguenza. Que culpa tiene el inquilino de que el propietario la quiera o no depositar??
 
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