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Madmaxista
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https://www.eleconomista.es/legal/n...la-playa-y-ceder-al-dueno-el-uso-30-anos.html
El Gobierno podrá expropiar apartamentos, hoteles o chiringuitos en primera línea de playa a cambio de ceder a los propietarios su uso durante 30 años y, en determinados casos, más otros 30 años prorrogables. También limitará las concesiones para tener una actividad cerca de la costa a un máximo de 75 años.
El Ministerio para la tras*ición Ecológica avanza en la nueva modificación del Reglamento General de Costas para paliar el impacto del avance del mar, tras tumbar parte del texto el Tribunal Supremo el pasado enero por un defecto durante su tramitación. Por tanto, se prevé que el cambio siga la misma dirección que en la última reforma de 2022 y permita al Estado expropiar inmuebles y suelos en zonas en las que el agua come terrero a la tierra. Una actuación polémica para particulares, empresarios y municipios en la que el tribunal no entró.
Ernesto García-Trevijano Garnica, socio director de GTA Villamagna Abogados, explica a este diario que si una persona tiene un apartamento en la playa y avanza el nivel del mar, el Estado podrá determinar que el suelo en el que está el inmueble pasa a estar dentro de la línea marítimo terrestre y el inmueble pasa a ser de dominio público. "Aunque el afectado tenga sentencias que digan que él es el propietario del apartamento, el dominio público prevalece", señala García-Trevijano. Una vez acabe la cesión, el Estado podrá hacer lo que considere con el inmueble, como tirarlo. El Tribunal Constitucional ya se pronunció hace años y dijo que era perfectamente constitucional que la indemnización consistiera en una concesión.
"Sin embargo –puntualiza García-Trevijano–, hay muchos supuestos en los que el mar no ha avanzado y hay un cambio de criterio y te quitan la casa. Uno de los grandes conflictos que hay son los recursos contra los actos de deslinde. Al afectado hay que notificarle que la línea pasa por encima de su propiedad y puede recurrir para saber cuál es la razón geológica de que haya habido ese cambio. Sin embargo, si el mar ha ido tierra adentro, tendrá menos posibilidades de ganar porque hay razones técnicas que justifiquen que hay que proteger esa zona porque es dominio público por circunstancias sobre venidas", explica.
Las implicaciones para el propietario de que el Estado se quede con un apartamento son varias, puesto que al perder la propiedad la Administración tendrá la última palabra para cualquier cambio que se quiera hacer en la misma. El dueño tendrá que pedir permiso para traspasar la concesión (aquí el Estado tiene derecho de tanteo), pero también para hipotecar la vivienda o incluso para hacer una reforma, ya que la casa no es suya.
Por otro lado, el nuevo Reglamento también persigue unificar criterios sobre lo que se puede hacer cerca de una playa y evitar la acumulación de personas. En la actualidad, los ordenamientos urbanísticos de cada ayuntamiento son los que marcan las actividades y construcciones. El texto busca un acuerdo de mínimos para homogeneizar las normas y mejorar la protección de las costas.
Efectos en los paseos marítimos
La situación de los paseos marítimos será la misma que para chiringuitos, apartamentos u hoteles. Si sube el nivel del mar, el Estado podrá cambiar el deslinde de la zona marítimo terrestre y determinar que parte del paseo marítimo deja de ser suelo municipal para ser de dominio público.
Respecto a los chiringuitos, la norma que tumbó el Supremo ya estableció que tenían que ser de una única planta y sin sótano para minimizar el impacto medioambiental y no se esperan cambios al respecto.
El Gobierno podrá expropiar apartamentos, hoteles o chiringuitos en primera línea de playa a cambio de ceder a los propietarios su uso durante 30 años y, en determinados casos, más otros 30 años prorrogables. También limitará las concesiones para tener una actividad cerca de la costa a un máximo de 75 años.
El Ministerio para la tras*ición Ecológica avanza en la nueva modificación del Reglamento General de Costas para paliar el impacto del avance del mar, tras tumbar parte del texto el Tribunal Supremo el pasado enero por un defecto durante su tramitación. Por tanto, se prevé que el cambio siga la misma dirección que en la última reforma de 2022 y permita al Estado expropiar inmuebles y suelos en zonas en las que el agua come terrero a la tierra. Una actuación polémica para particulares, empresarios y municipios en la que el tribunal no entró.
Ernesto García-Trevijano Garnica, socio director de GTA Villamagna Abogados, explica a este diario que si una persona tiene un apartamento en la playa y avanza el nivel del mar, el Estado podrá determinar que el suelo en el que está el inmueble pasa a estar dentro de la línea marítimo terrestre y el inmueble pasa a ser de dominio público. "Aunque el afectado tenga sentencias que digan que él es el propietario del apartamento, el dominio público prevalece", señala García-Trevijano. Una vez acabe la cesión, el Estado podrá hacer lo que considere con el inmueble, como tirarlo. El Tribunal Constitucional ya se pronunció hace años y dijo que era perfectamente constitucional que la indemnización consistiera en una concesión.
"Sin embargo –puntualiza García-Trevijano–, hay muchos supuestos en los que el mar no ha avanzado y hay un cambio de criterio y te quitan la casa. Uno de los grandes conflictos que hay son los recursos contra los actos de deslinde. Al afectado hay que notificarle que la línea pasa por encima de su propiedad y puede recurrir para saber cuál es la razón geológica de que haya habido ese cambio. Sin embargo, si el mar ha ido tierra adentro, tendrá menos posibilidades de ganar porque hay razones técnicas que justifiquen que hay que proteger esa zona porque es dominio público por circunstancias sobre venidas", explica.
Las implicaciones para el propietario de que el Estado se quede con un apartamento son varias, puesto que al perder la propiedad la Administración tendrá la última palabra para cualquier cambio que se quiera hacer en la misma. El dueño tendrá que pedir permiso para traspasar la concesión (aquí el Estado tiene derecho de tanteo), pero también para hipotecar la vivienda o incluso para hacer una reforma, ya que la casa no es suya.
Por otro lado, el nuevo Reglamento también persigue unificar criterios sobre lo que se puede hacer cerca de una playa y evitar la acumulación de personas. En la actualidad, los ordenamientos urbanísticos de cada ayuntamiento son los que marcan las actividades y construcciones. El texto busca un acuerdo de mínimos para homogeneizar las normas y mejorar la protección de las costas.
Efectos en los paseos marítimos
La situación de los paseos marítimos será la misma que para chiringuitos, apartamentos u hoteles. Si sube el nivel del mar, el Estado podrá cambiar el deslinde de la zona marítimo terrestre y determinar que parte del paseo marítimo deja de ser suelo municipal para ser de dominio público.
Respecto a los chiringuitos, la norma que tumbó el Supremo ya estableció que tenían que ser de una única planta y sin sótano para minimizar el impacto medioambiental y no se esperan cambios al respecto.