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Madmaxista
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Se que algunos estáis desesperados, pero no os metáis a cibercamellos
Revista legal | La venta y tráfico de drojas online | Información y consultas legales
Las Nuevas Tecnologías constituyen un medio indispensable para desarrollar y extender un negocio online con éxito, pues ofrecen numerosas ventajas de comodidad y comunicación por vía electrónica, mayor cercanía y fidelización con el cliente y reducción de costes con distribuidores. Tanto es así, que cualquier negocio que desee un futuro fructífero se ve en la obligación de extender su mercado a través de Internet con el fin de crear una mayor competencia en el mercado y llegar al máximo número de clientes potenciales.
La expansión de su carácter innovador y potenciación ha llegado incluso a reflejarse en los negocios del tráfico de drojas. Las organizaciones de narcotraficantes o el vendedor ocasional se sirven de las distintas formas de comunicación que exiten en la Red (correos electrónicos, redes sociales, foros de opinión o mensajería instantánea) para explotar y desarrollar su mercado. Por ello, debemos entender que la venta de estupefacientes o sustancias psicotrópicas en Internet ha aumentado considerablemente en los últimos años, debido a que la red y el tráfico online ofrecen un mayor anonimato y discreción para los “cibertraficantes”, aprovechando la comunicación y comercialización de droja por todo el mundo y su remota impunidad. Así pues, las Nuevas Tecnologías se encuentran al servicio de un mercado de narcotraficantes que realizan tras*acciones de venta sin control, a través de más de 1.400 foros de intercambio de información sobre drojas y sustancias psicotrópicas, o páginas especializadas que se ofrecen como intermediarios en la comunicación entre comprador y vendedor, prácticamente imposibles de encontrar mediante un servicio de busqueda, como Google o Yahoo.
Estando castigadas las conductas típicas del delito contra la salud pública en el artículo 368 y siguientes del Código penal: “Los que ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico, o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drojas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, o las posean con aquellos fines, serán castigados con las penas de prisión de tres a seis años y multa del tanto al triplo del valor de la droja objeto del delito si se tratare de sustancias o productos que causen grave daño a la salud, y de prisión de uno a tres años y multa del tanto al duplo en los demás casos.”), cabe destacar qué ocurre cuando el medio utilizado para la venta y el tráfico de estupefacientes es Internet.
Pues bien, el artículo 369 recoge una serie de agravaciones de la conducta típica, siendo una de ellas entre dicho catálogo de circunstancias, la comisión del delito en “establecimientos abiertos al público por los responsables o empleados de los mismos”. El motivo de la agravación vendría dado por la protección y las facilidades que ofrecen este tipo de establecimientos para llevar a cabo el tráfico de drojas bajo la apariencia de una actividad de otra índole, así como por el mayor potencial de distribución. Entre otros requisitos para apreciar esta agravente, cabe preguntarnos si Internet puede ser considerado como un establecimiento abierto al público por los responsables o empleados de los mismos con el fin de facilitar o promover el tráfico de drojas. A pesar de la escasa o nula jurisprudencia sobre la consideración de Internet como un establecimiento abierto, debemos atendernos a que la venta de estupefacientes o sustancias psicotrópicas a través de la Red supone un aumento del riesgo para los potenciales consumidores y mayores benecificos para el vendedor, que si se realizara la venta a través de otro medio más minoritario, y ello, unido a la mayor dificultad para la persecución del delito, podría tenerse en cuenta para alegar el mayor perjuicio que dicha conducta puede producir contra la salud pública, pues la peligrosidad de la conducta promociona además el tráfico en el sentido del artículo 368 CP, anima la difusión de droja a terceros y se realiza por los responsables o empleados de los mismos.
A continuación destacamos algunas noticias sobre la venta online de drojas:
. – Noticia del ABC.es - “Los narcos ofrecen su mercancía en internet”. «Vendo cocaína, marihuana, MDMA. Máxima seriedad». Un mercado ilegal de drojas circula en foros, blogs y webs de anuncios gratuitos. Enlace.
. – Noticia de Teinteresa.es – “Aumenta la venta de drojas en tiendas on line en España”. Se venden sobre todo hongos alucinógenos y ‘party pills’ con efectos secundarios muy fuertes.El Observatorio Europeo contra la droja ha detectado 170 tiendas que distribuyen sustancias estupefacientes, una de ellas en España. Enlace.
. – Noticias del ABC.es - “Silk Road: el tráfico de drojas abre su tienda en Internet”. En lo más recóndito de la red florece un mercado de compraventa de estupefacientes. Un estudio asegura que, a través de él, se mueven más de 22 millones de dólares al año. Enlace.
Revista legal | La venta y tráfico de drojas online | Información y consultas legales
Las Nuevas Tecnologías constituyen un medio indispensable para desarrollar y extender un negocio online con éxito, pues ofrecen numerosas ventajas de comodidad y comunicación por vía electrónica, mayor cercanía y fidelización con el cliente y reducción de costes con distribuidores. Tanto es así, que cualquier negocio que desee un futuro fructífero se ve en la obligación de extender su mercado a través de Internet con el fin de crear una mayor competencia en el mercado y llegar al máximo número de clientes potenciales.
La expansión de su carácter innovador y potenciación ha llegado incluso a reflejarse en los negocios del tráfico de drojas. Las organizaciones de narcotraficantes o el vendedor ocasional se sirven de las distintas formas de comunicación que exiten en la Red (correos electrónicos, redes sociales, foros de opinión o mensajería instantánea) para explotar y desarrollar su mercado. Por ello, debemos entender que la venta de estupefacientes o sustancias psicotrópicas en Internet ha aumentado considerablemente en los últimos años, debido a que la red y el tráfico online ofrecen un mayor anonimato y discreción para los “cibertraficantes”, aprovechando la comunicación y comercialización de droja por todo el mundo y su remota impunidad. Así pues, las Nuevas Tecnologías se encuentran al servicio de un mercado de narcotraficantes que realizan tras*acciones de venta sin control, a través de más de 1.400 foros de intercambio de información sobre drojas y sustancias psicotrópicas, o páginas especializadas que se ofrecen como intermediarios en la comunicación entre comprador y vendedor, prácticamente imposibles de encontrar mediante un servicio de busqueda, como Google o Yahoo.
Estando castigadas las conductas típicas del delito contra la salud pública en el artículo 368 y siguientes del Código penal: “Los que ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico, o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drojas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, o las posean con aquellos fines, serán castigados con las penas de prisión de tres a seis años y multa del tanto al triplo del valor de la droja objeto del delito si se tratare de sustancias o productos que causen grave daño a la salud, y de prisión de uno a tres años y multa del tanto al duplo en los demás casos.”), cabe destacar qué ocurre cuando el medio utilizado para la venta y el tráfico de estupefacientes es Internet.
Pues bien, el artículo 369 recoge una serie de agravaciones de la conducta típica, siendo una de ellas entre dicho catálogo de circunstancias, la comisión del delito en “establecimientos abiertos al público por los responsables o empleados de los mismos”. El motivo de la agravación vendría dado por la protección y las facilidades que ofrecen este tipo de establecimientos para llevar a cabo el tráfico de drojas bajo la apariencia de una actividad de otra índole, así como por el mayor potencial de distribución. Entre otros requisitos para apreciar esta agravente, cabe preguntarnos si Internet puede ser considerado como un establecimiento abierto al público por los responsables o empleados de los mismos con el fin de facilitar o promover el tráfico de drojas. A pesar de la escasa o nula jurisprudencia sobre la consideración de Internet como un establecimiento abierto, debemos atendernos a que la venta de estupefacientes o sustancias psicotrópicas a través de la Red supone un aumento del riesgo para los potenciales consumidores y mayores benecificos para el vendedor, que si se realizara la venta a través de otro medio más minoritario, y ello, unido a la mayor dificultad para la persecución del delito, podría tenerse en cuenta para alegar el mayor perjuicio que dicha conducta puede producir contra la salud pública, pues la peligrosidad de la conducta promociona además el tráfico en el sentido del artículo 368 CP, anima la difusión de droja a terceros y se realiza por los responsables o empleados de los mismos.
A continuación destacamos algunas noticias sobre la venta online de drojas:
. – Noticia del ABC.es - “Los narcos ofrecen su mercancía en internet”. «Vendo cocaína, marihuana, MDMA. Máxima seriedad». Un mercado ilegal de drojas circula en foros, blogs y webs de anuncios gratuitos. Enlace.
. – Noticia de Teinteresa.es – “Aumenta la venta de drojas en tiendas on line en España”. Se venden sobre todo hongos alucinógenos y ‘party pills’ con efectos secundarios muy fuertes.El Observatorio Europeo contra la droja ha detectado 170 tiendas que distribuyen sustancias estupefacientes, una de ellas en España. Enlace.
. – Noticias del ABC.es - “Silk Road: el tráfico de drojas abre su tienda en Internet”. En lo más recóndito de la red florece un mercado de compraventa de estupefacientes. Un estudio asegura que, a través de él, se mueven más de 22 millones de dólares al año. Enlace.