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Será en Octubre
Arranca el juicio contra los cinco miembros de la Sindicatura Electoral del 1-O por desobediencia y usurpación
La Fiscalía pide dos años y nueve meses de guandoca para cada uno de ellos. Se trata de cinco académicos que el Parlament designó para supervisar el referéndum.
Más de tres años después de 1-O, los cinco miembros de la Sindicatura Electoral que el Parlament designó como órgano clave para supervisar el referéndum afrontan este miércoles y jueves su juicio por desobediencia y usurpación de funciones, delitos por los que la Fiscalía pide dos años y nueve meses de guandoca para cada uno de ellos. Se trata de los académicos Marc Marsal, Jordi Matas, Marta Alsina, Tània Vergé y Josep Pagès, a quienes el Parlament nombró el 7 de septiembre de 2017 como árbitro electoral para el 1-O, como una suerte de Junta Electoral, aunque cesaron de sus cargos el 26 de septiembre, después de que el Tribunal Constitucional (TC) les impusiera una multa coercitiva de 12.000 euros diarios a cada uno. Cuando fueron nombrados síndicos, Jordi Matas era catedrático de Ciencia Política y de la Administración de la Universitat de Barcelona (UB); Marc Marsal, miembro de la Comisión Jurídica Asesora de la Generalitat desde febrero de 2016; Marta Alsina, abogada; Tània Verge, profesora de Ciencias Políticas y Sociales de la Universitat Pompeu Fabra (UPF); y Josep Pagès, profesor de Derecho Constitucional de la Universitat Autònoma de Barcelona (UAB). Cerca de una treintena de juristas han aplaudido formando un pasillo a los síndicos del 1-O y les han recibido a su llegada al juicio. La mayoría han vestido sus togas en la puerta de los Juzgados. También diversos miembros de los partidos independentistas catalanes les han acompañado esta mañana para darles soporte. Desobediencia al Constitucional El juicio tenía que celebrarse este lunes y martes en el juzgado penal número 11 de Barcelona, pero se ha aplazado a este miércoles y jueves. La Fiscalía pide inicialmente dos años y nueve meses de guandoca para cada uno de ellos por desobediencia y usurpación de funciones, ya que les acusa de haber dictado distintas resoluciones en relación con el 1-O, pese a que el TC les había notificado que la consulta quedaba suspendida y les advertía de su obligación de impedirla. Según la Fiscalía, los encausados celebraron el 7 de septiembre de 2017 la "sesión constitutiva de la Sindicatura Electoral", de la que designaron presidente a Jordi Matas, y publicaron los nombramientos al día siguiente en el Diario Oficial (DOGC). No obstante, el mismo 7 de septiembre el Constitucional suspendió el referéndum de independencia y notificó a los síndicos su deber de impedir cualquier iniciativa que supusiera eludir su orden, así como que "se abstuvieran de proceder al nombramiento de los miembros de las sindicaturas electorales de la demarcación". El TC también instó a los miembros de la Sindicatura a no crear ningún "registro o fichero" necesario para la votación ni a "dictar acuerdo alguno en orden a la ejecución" del 1-O. Según la Fiscalía, pese a la "difusión y conocimiento público de las mencionadas resoluciones del TC, a las que no eran ajenos los encausados", la página web referendum.cat publicó el anuncio de la Sindicatura por el que se designaba a los vocales de las demarcaciones de Aran, Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona. Además, los miembros de la Sindicatura publicaron otros acuerdos relativos a la acreditación de las organizaciones interesadas en participar en el referéndum y al modelo oficial de papeletas electorales que debían ser usadas en la votación. Para la Fiscalía, los síndicos dictaron esas resoluciones "actuando con conocimiento y conciencia de su arbitrariedad y la falta de legitimidad para actuar". El Ministerio Público resalta que el TC también suspendió la ley de tras*itoriedad jurídica, que configuraba a la Sindicatura como "un órgano independiente, imparcial y permanente adscrito al Parlament", responsable de garantizar "la tras*parencia y objetividad de los procesos electorales, referendos, consultas populares y procesos de participación ciudadana". Pese a que esta suspensión fue notificada a los encausados, la Fiscalía sostiene que ello no impidió que los acusados siguieran aprobando resoluciones sobre el 1-O, "manteniendo inquebrantable su voluntad de ignorar los acuerdos y los requerimientos efectuados por el TC". Entre los días 12 y 14 de septiembre, según la Fiscalía, los miembros de la Sindicatura adoptaron otras cuatro resoluciones que fueron difundidas en webs oficiales de la Generalitat, resolviendo las acreditaciones de las organizaciones interesadas en participar en el 1-O y de los apoderados e interventores de los partidos, supervisando la campaña institucional del Govern y acordando los plazos del proceso electoral. La causa contra los cinco síndicos del 1-O se abrió a raíz de una querella de la Fiscalía de Barcelona contra los miembros de ese órgano de control electoral, inicialmente también por un delito de malversación de caudales públicos. Sin embargo, un informe de la Guardia Civil, que descartó que gastaran fondospúblicos en los escasos días en que desempeñaron su cargo, sirvió para que la instructora les eximiera de este delito. En su declaración como investigados ante la instructora, los cinco miembros de la Sindicatura Electoral se acogieron a su derecho a no contestar a la Fiscalía y, a preguntas de su defensa, alegaron que disolvieron el órgano en cuanto el Constitucional acordó sancionarles si no cesaban en sus funciones. Entre los testigos citados por el tribunal figuran el letrado mayor del Parlament en 2017, Antoni Bayona, y uno de los secretarios generales de la época, Xavier Muro, que ya declararon en el juicio del pasado año a los miembros de JxSí en la Mesa del Parlament en la etapa de la presidencia de Carme Forcadell, a los que el Tribunal Superior de Justicia Cataluña (TSJC) condenó a 20 meses de inhabilitación por tramitar las leyes del "procés".
La Fiscalía pide dos años y nueve meses de guandoca para cada uno de ellos. Se trata de cinco académicos que el Parlament designó para supervisar el referéndum.
Más de tres años después de 1-O, los cinco miembros de la Sindicatura Electoral que el Parlament designó como órgano clave para supervisar el referéndum afrontan este miércoles y jueves su juicio por desobediencia y usurpación de funciones, delitos por los que la Fiscalía pide dos años y nueve meses de guandoca para cada uno de ellos. Se trata de los académicos Marc Marsal, Jordi Matas, Marta Alsina, Tània Vergé y Josep Pagès, a quienes el Parlament nombró el 7 de septiembre de 2017 como árbitro electoral para el 1-O, como una suerte de Junta Electoral, aunque cesaron de sus cargos el 26 de septiembre, después de que el Tribunal Constitucional (TC) les impusiera una multa coercitiva de 12.000 euros diarios a cada uno. Cuando fueron nombrados síndicos, Jordi Matas era catedrático de Ciencia Política y de la Administración de la Universitat de Barcelona (UB); Marc Marsal, miembro de la Comisión Jurídica Asesora de la Generalitat desde febrero de 2016; Marta Alsina, abogada; Tània Verge, profesora de Ciencias Políticas y Sociales de la Universitat Pompeu Fabra (UPF); y Josep Pagès, profesor de Derecho Constitucional de la Universitat Autònoma de Barcelona (UAB). Cerca de una treintena de juristas han aplaudido formando un pasillo a los síndicos del 1-O y les han recibido a su llegada al juicio. La mayoría han vestido sus togas en la puerta de los Juzgados. También diversos miembros de los partidos independentistas catalanes les han acompañado esta mañana para darles soporte. Desobediencia al Constitucional El juicio tenía que celebrarse este lunes y martes en el juzgado penal número 11 de Barcelona, pero se ha aplazado a este miércoles y jueves. La Fiscalía pide inicialmente dos años y nueve meses de guandoca para cada uno de ellos por desobediencia y usurpación de funciones, ya que les acusa de haber dictado distintas resoluciones en relación con el 1-O, pese a que el TC les había notificado que la consulta quedaba suspendida y les advertía de su obligación de impedirla. Según la Fiscalía, los encausados celebraron el 7 de septiembre de 2017 la "sesión constitutiva de la Sindicatura Electoral", de la que designaron presidente a Jordi Matas, y publicaron los nombramientos al día siguiente en el Diario Oficial (DOGC). No obstante, el mismo 7 de septiembre el Constitucional suspendió el referéndum de independencia y notificó a los síndicos su deber de impedir cualquier iniciativa que supusiera eludir su orden, así como que "se abstuvieran de proceder al nombramiento de los miembros de las sindicaturas electorales de la demarcación". El TC también instó a los miembros de la Sindicatura a no crear ningún "registro o fichero" necesario para la votación ni a "dictar acuerdo alguno en orden a la ejecución" del 1-O. Según la Fiscalía, pese a la "difusión y conocimiento público de las mencionadas resoluciones del TC, a las que no eran ajenos los encausados", la página web referendum.cat publicó el anuncio de la Sindicatura por el que se designaba a los vocales de las demarcaciones de Aran, Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona. Además, los miembros de la Sindicatura publicaron otros acuerdos relativos a la acreditación de las organizaciones interesadas en participar en el referéndum y al modelo oficial de papeletas electorales que debían ser usadas en la votación. Para la Fiscalía, los síndicos dictaron esas resoluciones "actuando con conocimiento y conciencia de su arbitrariedad y la falta de legitimidad para actuar". El Ministerio Público resalta que el TC también suspendió la ley de tras*itoriedad jurídica, que configuraba a la Sindicatura como "un órgano independiente, imparcial y permanente adscrito al Parlament", responsable de garantizar "la tras*parencia y objetividad de los procesos electorales, referendos, consultas populares y procesos de participación ciudadana". Pese a que esta suspensión fue notificada a los encausados, la Fiscalía sostiene que ello no impidió que los acusados siguieran aprobando resoluciones sobre el 1-O, "manteniendo inquebrantable su voluntad de ignorar los acuerdos y los requerimientos efectuados por el TC". Entre los días 12 y 14 de septiembre, según la Fiscalía, los miembros de la Sindicatura adoptaron otras cuatro resoluciones que fueron difundidas en webs oficiales de la Generalitat, resolviendo las acreditaciones de las organizaciones interesadas en participar en el 1-O y de los apoderados e interventores de los partidos, supervisando la campaña institucional del Govern y acordando los plazos del proceso electoral. La causa contra los cinco síndicos del 1-O se abrió a raíz de una querella de la Fiscalía de Barcelona contra los miembros de ese órgano de control electoral, inicialmente también por un delito de malversación de caudales públicos. Sin embargo, un informe de la Guardia Civil, que descartó que gastaran fondospúblicos en los escasos días en que desempeñaron su cargo, sirvió para que la instructora les eximiera de este delito. En su declaración como investigados ante la instructora, los cinco miembros de la Sindicatura Electoral se acogieron a su derecho a no contestar a la Fiscalía y, a preguntas de su defensa, alegaron que disolvieron el órgano en cuanto el Constitucional acordó sancionarles si no cesaban en sus funciones. Entre los testigos citados por el tribunal figuran el letrado mayor del Parlament en 2017, Antoni Bayona, y uno de los secretarios generales de la época, Xavier Muro, que ya declararon en el juicio del pasado año a los miembros de JxSí en la Mesa del Parlament en la etapa de la presidencia de Carme Forcadell, a los que el Tribunal Superior de Justicia Cataluña (TSJC) condenó a 20 meses de inhabilitación por tramitar las leyes del "procés".