Mazaldeck
Será en Octubre
- Desde
- 6 Dic 2010
- Mensajes
- 13.448
- Reputación
- 53.879
Belarra despenaliza la zoofilia si no produce lesiones al animal
Belarra despenaliza la zoofilia si no produce lesiones al animal
La reforma del Código Penal recientemente considera que las relaciones sensuales con animales solo son un delito en el caso de que haya lesiones.
La nueva Ley de Bienestar Animal propuesta por el Ministerio de Ione Belarra y aprobada el pasado jueves a pesar de la enmienda del PSOE que excluye a los perros de caza, incluye multas de hasta 200.000 euros para las propietarios de las cortesanas que se queden preñadas si no están dados de alta como criadores o penas de prisión de doce a veinticuatro meses por apiolar a una rata que se cuele en casa.
Relacionado
En el año 2015, el Congreso aprobó una reforma del Código Penal propuesta por el PP para endurecer las penas por maltrato, abandono y, por primera vez, por la explotación sensual de animales en España. Curiosamente, esta reforma también sirvió para elevar de 13 a 16 años la edad de consentimiento sensual, tipificó como delito el matrimonio forzado y aumentaba los castigos a la pronografía infantil.
En aquel momento se consideró que, al igual que los niños, los animales no tienen capacidad de consentir y, por ese motivo, se incluyó la zoofilia como una nueva conducta delictiva consistente en la explotación sensual de los animales, con independencia de que se causen lesiones que menoscaben gravemente su salud o la fin del animal.
El artículo 337.1 del Código Penal señalaba textualmente:
Con la reforma del Código Penal recientemente aprobada en el Congreso, se suprime el artículo 337 y se introduce en el libro II un nuevo título XVI bis que quedará rubricado como: "De los delitos contra los animales" y queda redactado de la siguiente manera:
Belarra despenaliza la zoofilia si no produce lesiones al animal
La reforma del Código Penal recientemente considera que las relaciones sensuales con animales solo son un delito en el caso de que haya lesiones.
La nueva Ley de Bienestar Animal propuesta por el Ministerio de Ione Belarra y aprobada el pasado jueves a pesar de la enmienda del PSOE que excluye a los perros de caza, incluye multas de hasta 200.000 euros para las propietarios de las cortesanas que se queden preñadas si no están dados de alta como criadores o penas de prisión de doce a veinticuatro meses por apiolar a una rata que se cuele en casa.
Relacionado
- Los veterinarios también están en contra de la ley animalista de Belarra: "Va a generar más problemas"
- Belarra traga y obedece al PSOE con los perros de caza para seguir en el cargo
- Miguel del Pino: Ni el periquito ni el hámster, el ataque se dirige a la libertad
En el año 2015, el Congreso aprobó una reforma del Código Penal propuesta por el PP para endurecer las penas por maltrato, abandono y, por primera vez, por la explotación sensual de animales en España. Curiosamente, esta reforma también sirvió para elevar de 13 a 16 años la edad de consentimiento sensual, tipificó como delito el matrimonio forzado y aumentaba los castigos a la pronografía infantil.
En aquel momento se consideró que, al igual que los niños, los animales no tienen capacidad de consentir y, por ese motivo, se incluyó la zoofilia como una nueva conducta delictiva consistente en la explotación sensual de los animales, con independencia de que se causen lesiones que menoscaben gravemente su salud o la fin del animal.
El artículo 337.1 del Código Penal señalaba textualmente:
¿Es legal la zoofilia en España?Será castigado con la pena de tres meses y un día a un año de prisión e inhabilitación especial de un año y un día a tres años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales, el que por cualquier medio o procedimiento maltrate injustificadamente, causándole lesiones que menoscaben gravemente su salud o sometiéndole a explotación sensual, a un animal doméstico o amansado, un animal de los que habitualmente están domesticados, un animal que temporal o permanentemente vive bajo control humano, o cualquier animal que no viva en estado salvaje.
Con la reforma del Código Penal recientemente aprobada en el Congreso, se suprime el artículo 337 y se introduce en el libro II un nuevo título XVI bis que quedará rubricado como: "De los delitos contra los animales" y queda redactado de la siguiente manera:
Es decir, se elimina la explotación sensual de los animales como delito independiente. A partir de ahora sólo será punible en el caso de que cause una lesión al animal. Esto resulta sorprendente viniendo precisamente de Unidas Podemos, el partido que estableció que perros, gatos y demás animales pasasen a ser considerados seres sintientes o seres vivos dotados de sensibilidad."Será castigado con la pena de prisión de tres a dieciocho meses o multa de seis a doce meses y con la pena de inhabilitación especial de uno a cinco años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales el que fuera de las actividades legalmente reguladas y por cualquier medio o procedimiento, incluyendo los actos de carácter sensual, cause a un animal vertebrado lesión que requiera tratamiento veterinario para el restablecimiento de su salud".