Vigo: 4 rebajas de golpe
La sección quinta de la Audiencia Provincial de Vigo ha acordado rebajar las penas, en el marco de la ejecución de las sentencias, a cuatro condenados por delitos sensuales. En todos los casos el tribunal explica que la nueva ley “nada establece” en cuanto a su aplicación “a procedimientos en trámite o ya juzgados y con sentencia firme”, como sobre los que la Audiencia Provincial ha resuelto. Además, destaca que el artículo 2 del apartado 2 del Código Penal “establece una norma general, en el sentido de que tendrán efecto retroactivo las leyes penales que favorezcan al reo”, tal y como asegura que sucede en los cuatro procedimientos que ha revisado.
En uno de ellos, ha rebajado de 11 a 10 años de guandoca la condena impuesta al autor de un delito continuado de abuso sensual con penetración, pues afirma que la pena prevista era de 8 a 12 años de prisión y, en la actualidad, es de 6 a 12. Lo mismo, según los magistrados, sucede en otro de los asuntos, en el que ha reducido de 10 a 9 años de prisión la condena impuesta a otro autor del mismo delito continuado -abuso sensual con penetración-.
Además, el tribunal ha rebajado de 11 años de guandoca a 10 años y medio de prisión la pena impuesta a un condenado por un delito continuado de abusos sensuales con acceso carnal sobre una menor de 16 años. Esta persona, además de por ese delito, había sido condenada por un delito continuado de elaboración de pronografía infantil sobre menor de 16 años, por un delito de exhibición de material pronográfico entre menores de edad y por otro delito de abuso sensual a menor de 16 años. En total, había sido condenada a 22 años y 9 meses de prisión, conforme al Código Penal vigente en el momento de cometer los hechos.
En un cuarto auto, los magistrados han acordado revisar la pena a un condenado a 8 años de guandoca por un delito de abuso sensual con acceso carnal sobre una menor de 16 años. La pena prevista, según aseguran en la resolución, era de 8 a 12 años de prisión. “Actualmente, y de acuerdo con la Ley 10/22, la pena aplicable es de 6 a 12 años de prisión”, señala la sala en el auto, en el que ha modificado la pena de prisión impuesta por la de 6 años.
Navarra: Primera rebaja de 7 a 5 años
La Sección Primera de la Audiencia Provincial ha dictado la primera
reducción de una condena en Navarra tras la entrada en vigor de la nueva
ley de garantía integral de la libertad sensual, y ha rebajado de 7 años a 5
años y 3 meses de prisión la pena impuesta a un condenado por un delito
continuado de abusos sensual en grado de tentativa.
La sentencia de 27 de noviembre de 2020 condenó al acusado como autor de un delito continuado de abuso sensual en grado de tentativa del artículo 183.3 del Código Penal a la pena de siete años de prisión y cinco años de libertad vigilada.
Cantabria: otro excarcelado
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha rebajado de 4 años y 6 meses a tres años de prisión la pena de un hombre condenado por un delito de agresión sensual con penetración, lo que ha supuesto su excarcelación gracias a la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero. El hombre fue condenado con la concurrencia de dos circunstancias atenuantes: reparación del daño, porque entregó una indemnización antes del juicio, y drojadicción.
La sentencia fue dictada en diciembre de 2019. El condenado agredió sexualmente a una mujer con la que había estado en un pub de madrugada. El hombre le pidió que le acompañara a su domicilio porque le iba a mostrar una colección, y una vez allí la agredió y la obligó a mantener relaciones sensuales. Se le impuso una pena de 4 años y medio, que ahora «excedería el marco punitivo diseñado por la nueva reforma». «Tal situación, por sí sola, obliga a la revisión de la presente sentencia por aplicación del principio de retroactividad de la ley penal más favorable», apostilla.
Badajoz: otro excarcelado
La Audiencia Provincial de Badajoz ha rebajado de 4 años y 3 meses de prisión a 2 años y 10 meses la pena a un condenado por violación en grado de tentativa, tras la aplicación de la Ley del sólo sí es sí. El tribunal ha ordenado además la excarcelación del preso tras haber cumplido ya la condena privativa de libertad.
En concreto, la sentencia establecía una pena de 4 años y tres meses de prisión, que con la aplicación de la nueva normativa se ha rebajado a la pena de dos años, diez meses y cuatro días de guandoca. El condenado llevaba en prisión preventiva desde el 14 de febrero de 2019, a la fecha de la presente resolución ya ha de darse por cumplida su pena privativa de libertad y el tribunal ordena su inmediata excarcelación, si no estuviere privado de libertad por otra causa.
Zamora: rebaja de dos años
La Audiencia Provincial de Zamora ha rebajado dos años la pena de un hombre condenado por violar repetidas veces a su hija menor de edad. Su condena pasaría de 13 años y 5 meses de a 11 años y 2 meses de prisión con la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero.
La sentencia dictada en el año 2018 aplicaba circunstancias agravantes de «intimidación y abuso de superioridad». En aquel momento, según La Opinion-El Correo de Zamora, los magistrados aplicaron la horquilla «de entre 11 y 15 años» de prisión por tratarse de un delito continuado de violación. Sin embargo, la nueva Ley Integral de Libertad sensual «contempla para idénticos casos penas de 7 a 15 años», lo que ha derivado en esa rebaja.
Alicante: 13 y un excarcelado
La Audiencia Provincial de Alicante ha acordado la rebaja de 13 condenas por delitos contra la integridad sensual por la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero. A esto hay que sumar otra que conlleva la excarcelación inmediata del condenado.
Murcia: rebaja de año y medio
El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJMU) ha rebajado un año y medio la pena de un hombre condenado por mantener relaciones sensuales con penetración con una menor de 15 años, sin el consentimiento de ella. Con la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero, la condena pasa de 9 a 7 años y 6 meses de prisión.
Cataluña: dos rebajas de condena
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha rebajado dos condenas de dos hombres condenados por delitos sensuales con la aplicación de la Ley del sólo sí es sí de Irene Montero.. El primero de ellos es un ciudadano francés que violó a una chica a la salida de una discoteca, y su pena pasa de 6 años y 6 meses a 4 años y 6 meses de prisión. El segundo se trata de un ciudadano jovenlandés residente en Barcelona que contactaba con mujeres y les ofrecía trabajo en Milanuncios. Pesa sobre él una condena de 15 años de guandoca por varias violaciones, pero el tribunal le rebaja una de ellas, pasando de 10 a 9 años de prisión.
Cáceres: rebaja de 9 meses
La Audiencia Provincial de Cáceres ha rebajado en 9 meses la pena de un hombre condenado por un delito contra la indemnidad sensual de menores. Con la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero, la condena pasa de 3 años de prisión a 2 años y tres meses.
Córdoba: 11 rebajas de golpe
La Audiencia Provincial de Córdoba ha rebajado las penas de guandoca en once de 32 sentencias condenatorias analizadas como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad sensual, conocida como la Ley del ‘solo sí es sí’. Según detalla la Audiencia, se han estudiado 32 sentencias de los cuales se han aplicado rebajas a once condenas. En dos de estas condenas se han rebajado dos años de prisión a cada penado; y en al menos una de ellas un año, y en algunas otras, varios meses, aunque la Audiencia de Córdoba no especifica cada una de las rebajas y avisan de que aún quedan condenas por revisar.
Cantabria: rebaja de dos años
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha rebajado dos años la pena que impuso en febrero de 2021 a un hombre por agredir sexualmente a otro, con el que compartía habitación en un centro psiquiátrico de Santander. La condena pasa de 6 a 4 años con la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero.
Galicia: 3 rebajas de condena
La Audiencia Provincial de Pontevedra ha acordado la reducción de dos condenas: una de un hombre condenado por violar a su esposa en 2008, cuya pena pasa de 8 a 7 años, y otra de un condenado por un delito de agresión sensual, cuya sentencia pasa de 6 a 4 años. A esto hay que sumar que la Audiencia Provincial de La Coruña ha rebajado también la pena de un hombre condenado por un delito de agresión sensual, pasando de 6 a 4 años de guandoca. Se aplica en todas ellas la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero.
Zamora: 3 rebajas de condena
La Audiencia Provincial de Zamora ha acordado rebajar tres penas impuestas a tres hombres condenados por agresiones sensuales tras la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero. El primero de ellos pasa de 6 a 4 años de guandoca, y el segundo de 10 a 9 años y 6 meses de prisión. El tercero tiene un total de 23 años de guandoca por dos condenas, de una de ellas, la pena pasa de 13 años y 6 meses a 11 años.
Las Palmas: Dos presos en Mauritania
Un auto de la sección II de la Audiencia Provincial de Las Palmas del pasado 2 de diciembre, conocido este 16 de diciembre, rebaja de cinco años a tres años y 11 meses la pena impuesta por tentativa de agresión sensual a dos individuos, si bien mantiene en vigor otra pena de 9 años por agresión sensual con acceso carnal. El Tribunal ha tras*mitido ya la rebaja a un juzgado de Mauritania donde los condenados cumplen su pena.
Álava: Rebaja de 5 años a dos presas
La polémica Ley Montero del ‘sólo sí es sí’ también ha traído la primera rebaja para mujeres agresoras sensuales. En concreto, la sección Segunda de la Audiencia Provincial de Álava ha dictado un auto por el que rebaja la pena a dos mujeres condenadas a 12 años de prisión por una brutal agresión sensual cometida sobre otra a 7 años de prisión en aplicación de la LO 10/2022 de 6 de septiembre denominada «Ley de garantía integral de libertad sensual» o Ley Montero.
En ambos casos las dos forzadoras, en compañía de una tercera, cometieron una brutal agresión contra otra con el agravante de penetración por la que fueron condenadas a 12 años de guandoca por esta agresión, con la agravante de actuar en grupo y a seis meses más por un delito de robo. Lo hicieron dentro de la prisión donde todas estaban internadas para robarle droja a la víctima. Ahora la Ley rebaja cinco años la pena a estas dos forzadoras.
Orense: de 10 a 9 años
La Audiencia Provincial de Orense ha rebajado de diez a nueve años de guandoca la pena impuesta a un hombre condenado por un delito continuado de abuso sensual. Fue condenado en 2015 y con la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero, ve rebajada su condena un año.
Valladolid: rebaja de 3 años
La Audiencia Provincial de Valladolid ha rebajado de 18 a 15 años de prisión la condena impuesta a un agresor sensual por la aplicación de la conocida como Ley del sólo sí es sí de Irene Montero. Se trata del hombre conocido como el forzador de la capucha, que agredió sexualmente a seis mujeres jóvenes en 2009 en la capital del Pisuerga.
El procesado fue condenado por tres delitos de agresión sensual con penetración y uso de arma, otro de agresión con uso de arma en grado de tentativa y otros dos, también en tentativa, de agresión sensual, según la sentencia de la Audiencia redactada en 2011.
La sentencia estableció que el encausado actuó de madrugada en diversas fechas, entre febrero y septiembre de 2009, para cometer las agresiones sensuales, parte de ellas siguiendo a la víctima hasta un portal y conduciéndola después, a punta de navaja, hasta un garaje, donde consumó el delito. La condena fue dictada después de que el procesado reconociera los hechos y el fiscal, las acusaciones particulares y la defensa presentaran escrito conjunto de calificación.
Palma: rebaja de un año
La Audiencia de Palma ha rebajado de nueve a ocho años de prisión a un hombre ondenado por agredir sexualmente en 2015 a una joven con la que contactó a través de la red social Badoo. Se ciñe al criterio establecido por el Tribunal Supremo y, de acuerdo a la nueva normativa de Irene Montero, el condenado ve rebajada su pena un año de prisión.
Los hechos se remontan a diciembre de 2014, cuando el hombre se abrió una cuenta en la red social Badoo bajo un nombre ficticio. Unos meses después, el procesado contactó con la víctima y se citaron para mantener relaciones en el domicilio de ella. La mujer comprobó que la persona con la que se encontraba no era la misma que aparecía en la aplicación y por ello le pidió que se marchara.
Poco después, con otro perfil, el hombre envió mensajes a la víctima diciéndole que era un amigo del otro hombre y que había visto un vídeo en el que aparecía desnuda, bajo la amenaza de publicarlo en internet si no se ponía en contacto de nuevo con su amigo. Tras acceder, el agresor sensual volvió al domicilio de la mujer, donde la violó. Por estos hechos, el hombre fue condenado a nueve años de prisión, si bien la ley del sí es sí ahorra un año de guandoca al autor de los hechos.
Segunda rebaja del Supremo
El Tribunal Supremo ha rebajado de nueve a cuatro años y medio de prisión la condena de un hombre que realizó tocamientos a cuatro niñas menores de 16 años y a otra mayor mientras patinaban en una pista de hielo de Vitoria el 22 de diciembre de 2019 al aplicar la Ley del solo sí es sí de Irene Montero, más beneficiosa para él. Se trata de la segunda rebaja de condena que realiza el Supremo, tras el caso Arandina.
La Audiencia Provincial de Álava, en primera instancia, y el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, después, le condenaron a nueve años de guandoca por cuatro delitos de abuso sensual a menores y otro de abuso sensual a mayor de edad. El Supremo justifica esta reducción en que se debe imponer al acusado la pena mínima por la escasa entidad de los tocamientos, que antes de la reforma legal estaba fijada en dos años de prisión por cada abuso a menor y uno para abuso a mayor de edad, pero la nueva ley permite en los casos de menor gravedad «rebajar en un grado la pena, lo que se ha aplicado al condenado al ser la nueva legislación más beneficiosa».
Tras esta sentencia del Supremo, la Audiencia Provincial de Álava ha ordenado su puesta en libertad.
Tenerife: dos rebajas más
La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha rebajado la pena de dos hombres condenados por agresión sensual. El tribunal ha revisado estas sentencias y las ha reducido con la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero. En ambos casos, la condena pasa de 8 a 6 años.
El primero fue condenado en 2019 por dos delitos sensuales contra una niña de 12 años, uno por abuso sensual con 2 años de prisión, que no se modifica, y otro por abuso sensual con acceso carnal, que es el que se rebaja. La sentencia impuso entonces la pena mínima porque «no constaba que los hechos hubieran tenido consecuencias físicas para la víctima y tampoco psicológicas, más allá de un temor hacia los hombres adultos», de acuerdo con el auto judicial, que por tanto considera procedente acomodar la pena al nuevo mínimo de 6 años de prisión.
La otra rebaja de condena se refiere a la condena de un hombre por tres delitos distintos en una sentencia que suma 35 años y seis meses de prisión. Por un delito continuado de abuso sensual fue condenado a 12 años y seis meses, por un delito continuado de abuso sensual sobre menores a 15 años, y le cayeron otros 8 años por un delito de abuso sensual sobre una niña de 13 años. Esta última condena es la que ahora se rebaja a 6, ya que se aplicó entonces la pena mínima porque los jueces no apreciaron «abuso de parentesco o superioridad».
Alicante: rebaja de 1 año
La Sección Primera de la Audiencia de Alicante ha rebajado un año la pena de un hombre condenado por agresión sensual a una menor de edad, tras la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero. La condena pasa de los 13 años, 6 meses y 1 día que fijó el Tribunal Supremo en mayo de 2020, a 12 años, 6 meses y 1 día.
El tribunal ha tomado esta decisión partiendo del derecho de todo penado a que se le aplique la norma más beneficiosa, aunque sea posterior al momento de dictarse su condena, y a la vista de que el Tribunal Supremo consideró, en la sentencia de casación, que no se apreciaban circunstancias que aconsejasen «un incremento de la pena sobre el mínimo legal que ha de formarse acudiendo a la mitad superior de la pena señalada para el delito».
Las Palmas: rebaja de 6 meses
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha rebajado la pena de un hombre condenado por abuso continuado a una menor de 16 años. La condena pasa de seis a cinco años y medio de guandoca la pena impuesto en su momento, tras la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero.
Tenerife: rebaja de 6 a 4 años
La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha rebajado de seis a cuatro años la pena de un hombre condenado por agresión sensual tras la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero. Los hechos ocurrieron en agosto de 2018 y fue condenado en marzo de 2018 por el mismo tribunal.
Burgos: dos rebajas de condena
La Audiencia Provincial de Burgos ha rebajado la condena de 6 a 4 años de prisión a un hombre condenado por agresión sensual y a otro de 10 a 9 años de guandoca a otro sujeto por haber cometido el mismo delito. Ambos fueron condenados en 2016, y ahora sus penas han sido reducidas tras la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero. El primero es un joven de Pradoluengo (Burgos) que agredió a una menor en un portal, y el segundo es un ciudadano rumano que asaltó a una mujer en el barrio burgalés de San Pedro y San Felices.
La sección quinta de la Audiencia Provincial de Vigo ha acordado rebajar las penas, en el marco de la ejecución de las sentencias, a cuatro condenados por delitos sensuales. En todos los casos el tribunal explica que la nueva ley “nada establece” en cuanto a su aplicación “a procedimientos en trámite o ya juzgados y con sentencia firme”, como sobre los que la Audiencia Provincial ha resuelto. Además, destaca que el artículo 2 del apartado 2 del Código Penal “establece una norma general, en el sentido de que tendrán efecto retroactivo las leyes penales que favorezcan al reo”, tal y como asegura que sucede en los cuatro procedimientos que ha revisado.
En uno de ellos, ha rebajado de 11 a 10 años de guandoca la condena impuesta al autor de un delito continuado de abuso sensual con penetración, pues afirma que la pena prevista era de 8 a 12 años de prisión y, en la actualidad, es de 6 a 12. Lo mismo, según los magistrados, sucede en otro de los asuntos, en el que ha reducido de 10 a 9 años de prisión la condena impuesta a otro autor del mismo delito continuado -abuso sensual con penetración-.
Además, el tribunal ha rebajado de 11 años de guandoca a 10 años y medio de prisión la pena impuesta a un condenado por un delito continuado de abusos sensuales con acceso carnal sobre una menor de 16 años. Esta persona, además de por ese delito, había sido condenada por un delito continuado de elaboración de pronografía infantil sobre menor de 16 años, por un delito de exhibición de material pronográfico entre menores de edad y por otro delito de abuso sensual a menor de 16 años. En total, había sido condenada a 22 años y 9 meses de prisión, conforme al Código Penal vigente en el momento de cometer los hechos.
En un cuarto auto, los magistrados han acordado revisar la pena a un condenado a 8 años de guandoca por un delito de abuso sensual con acceso carnal sobre una menor de 16 años. La pena prevista, según aseguran en la resolución, era de 8 a 12 años de prisión. “Actualmente, y de acuerdo con la Ley 10/22, la pena aplicable es de 6 a 12 años de prisión”, señala la sala en el auto, en el que ha modificado la pena de prisión impuesta por la de 6 años.
Navarra: Primera rebaja de 7 a 5 años
La Sección Primera de la Audiencia Provincial ha dictado la primera
reducción de una condena en Navarra tras la entrada en vigor de la nueva
ley de garantía integral de la libertad sensual, y ha rebajado de 7 años a 5
años y 3 meses de prisión la pena impuesta a un condenado por un delito
continuado de abusos sensual en grado de tentativa.
La sentencia de 27 de noviembre de 2020 condenó al acusado como autor de un delito continuado de abuso sensual en grado de tentativa del artículo 183.3 del Código Penal a la pena de siete años de prisión y cinco años de libertad vigilada.
Cantabria: otro excarcelado
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha rebajado de 4 años y 6 meses a tres años de prisión la pena de un hombre condenado por un delito de agresión sensual con penetración, lo que ha supuesto su excarcelación gracias a la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero. El hombre fue condenado con la concurrencia de dos circunstancias atenuantes: reparación del daño, porque entregó una indemnización antes del juicio, y drojadicción.
La sentencia fue dictada en diciembre de 2019. El condenado agredió sexualmente a una mujer con la que había estado en un pub de madrugada. El hombre le pidió que le acompañara a su domicilio porque le iba a mostrar una colección, y una vez allí la agredió y la obligó a mantener relaciones sensuales. Se le impuso una pena de 4 años y medio, que ahora «excedería el marco punitivo diseñado por la nueva reforma». «Tal situación, por sí sola, obliga a la revisión de la presente sentencia por aplicación del principio de retroactividad de la ley penal más favorable», apostilla.
Badajoz: otro excarcelado
La Audiencia Provincial de Badajoz ha rebajado de 4 años y 3 meses de prisión a 2 años y 10 meses la pena a un condenado por violación en grado de tentativa, tras la aplicación de la Ley del sólo sí es sí. El tribunal ha ordenado además la excarcelación del preso tras haber cumplido ya la condena privativa de libertad.
En concreto, la sentencia establecía una pena de 4 años y tres meses de prisión, que con la aplicación de la nueva normativa se ha rebajado a la pena de dos años, diez meses y cuatro días de guandoca. El condenado llevaba en prisión preventiva desde el 14 de febrero de 2019, a la fecha de la presente resolución ya ha de darse por cumplida su pena privativa de libertad y el tribunal ordena su inmediata excarcelación, si no estuviere privado de libertad por otra causa.
Zamora: rebaja de dos años
La Audiencia Provincial de Zamora ha rebajado dos años la pena de un hombre condenado por violar repetidas veces a su hija menor de edad. Su condena pasaría de 13 años y 5 meses de a 11 años y 2 meses de prisión con la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero.
La sentencia dictada en el año 2018 aplicaba circunstancias agravantes de «intimidación y abuso de superioridad». En aquel momento, según La Opinion-El Correo de Zamora, los magistrados aplicaron la horquilla «de entre 11 y 15 años» de prisión por tratarse de un delito continuado de violación. Sin embargo, la nueva Ley Integral de Libertad sensual «contempla para idénticos casos penas de 7 a 15 años», lo que ha derivado en esa rebaja.
Alicante: 13 y un excarcelado
La Audiencia Provincial de Alicante ha acordado la rebaja de 13 condenas por delitos contra la integridad sensual por la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero. A esto hay que sumar otra que conlleva la excarcelación inmediata del condenado.
Murcia: rebaja de año y medio
El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJMU) ha rebajado un año y medio la pena de un hombre condenado por mantener relaciones sensuales con penetración con una menor de 15 años, sin el consentimiento de ella. Con la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero, la condena pasa de 9 a 7 años y 6 meses de prisión.
Cataluña: dos rebajas de condena
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha rebajado dos condenas de dos hombres condenados por delitos sensuales con la aplicación de la Ley del sólo sí es sí de Irene Montero.. El primero de ellos es un ciudadano francés que violó a una chica a la salida de una discoteca, y su pena pasa de 6 años y 6 meses a 4 años y 6 meses de prisión. El segundo se trata de un ciudadano jovenlandés residente en Barcelona que contactaba con mujeres y les ofrecía trabajo en Milanuncios. Pesa sobre él una condena de 15 años de guandoca por varias violaciones, pero el tribunal le rebaja una de ellas, pasando de 10 a 9 años de prisión.
Cáceres: rebaja de 9 meses
La Audiencia Provincial de Cáceres ha rebajado en 9 meses la pena de un hombre condenado por un delito contra la indemnidad sensual de menores. Con la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero, la condena pasa de 3 años de prisión a 2 años y tres meses.
Córdoba: 11 rebajas de golpe
La Audiencia Provincial de Córdoba ha rebajado las penas de guandoca en once de 32 sentencias condenatorias analizadas como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad sensual, conocida como la Ley del ‘solo sí es sí’. Según detalla la Audiencia, se han estudiado 32 sentencias de los cuales se han aplicado rebajas a once condenas. En dos de estas condenas se han rebajado dos años de prisión a cada penado; y en al menos una de ellas un año, y en algunas otras, varios meses, aunque la Audiencia de Córdoba no especifica cada una de las rebajas y avisan de que aún quedan condenas por revisar.
Cantabria: rebaja de dos años
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha rebajado dos años la pena que impuso en febrero de 2021 a un hombre por agredir sexualmente a otro, con el que compartía habitación en un centro psiquiátrico de Santander. La condena pasa de 6 a 4 años con la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero.
Galicia: 3 rebajas de condena
La Audiencia Provincial de Pontevedra ha acordado la reducción de dos condenas: una de un hombre condenado por violar a su esposa en 2008, cuya pena pasa de 8 a 7 años, y otra de un condenado por un delito de agresión sensual, cuya sentencia pasa de 6 a 4 años. A esto hay que sumar que la Audiencia Provincial de La Coruña ha rebajado también la pena de un hombre condenado por un delito de agresión sensual, pasando de 6 a 4 años de guandoca. Se aplica en todas ellas la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero.
Zamora: 3 rebajas de condena
La Audiencia Provincial de Zamora ha acordado rebajar tres penas impuestas a tres hombres condenados por agresiones sensuales tras la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero. El primero de ellos pasa de 6 a 4 años de guandoca, y el segundo de 10 a 9 años y 6 meses de prisión. El tercero tiene un total de 23 años de guandoca por dos condenas, de una de ellas, la pena pasa de 13 años y 6 meses a 11 años.
Las Palmas: Dos presos en Mauritania
Un auto de la sección II de la Audiencia Provincial de Las Palmas del pasado 2 de diciembre, conocido este 16 de diciembre, rebaja de cinco años a tres años y 11 meses la pena impuesta por tentativa de agresión sensual a dos individuos, si bien mantiene en vigor otra pena de 9 años por agresión sensual con acceso carnal. El Tribunal ha tras*mitido ya la rebaja a un juzgado de Mauritania donde los condenados cumplen su pena.
Álava: Rebaja de 5 años a dos presas
La polémica Ley Montero del ‘sólo sí es sí’ también ha traído la primera rebaja para mujeres agresoras sensuales. En concreto, la sección Segunda de la Audiencia Provincial de Álava ha dictado un auto por el que rebaja la pena a dos mujeres condenadas a 12 años de prisión por una brutal agresión sensual cometida sobre otra a 7 años de prisión en aplicación de la LO 10/2022 de 6 de septiembre denominada «Ley de garantía integral de libertad sensual» o Ley Montero.
En ambos casos las dos forzadoras, en compañía de una tercera, cometieron una brutal agresión contra otra con el agravante de penetración por la que fueron condenadas a 12 años de guandoca por esta agresión, con la agravante de actuar en grupo y a seis meses más por un delito de robo. Lo hicieron dentro de la prisión donde todas estaban internadas para robarle droja a la víctima. Ahora la Ley rebaja cinco años la pena a estas dos forzadoras.
Orense: de 10 a 9 años
La Audiencia Provincial de Orense ha rebajado de diez a nueve años de guandoca la pena impuesta a un hombre condenado por un delito continuado de abuso sensual. Fue condenado en 2015 y con la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero, ve rebajada su condena un año.
Valladolid: rebaja de 3 años
La Audiencia Provincial de Valladolid ha rebajado de 18 a 15 años de prisión la condena impuesta a un agresor sensual por la aplicación de la conocida como Ley del sólo sí es sí de Irene Montero. Se trata del hombre conocido como el forzador de la capucha, que agredió sexualmente a seis mujeres jóvenes en 2009 en la capital del Pisuerga.
El procesado fue condenado por tres delitos de agresión sensual con penetración y uso de arma, otro de agresión con uso de arma en grado de tentativa y otros dos, también en tentativa, de agresión sensual, según la sentencia de la Audiencia redactada en 2011.
La sentencia estableció que el encausado actuó de madrugada en diversas fechas, entre febrero y septiembre de 2009, para cometer las agresiones sensuales, parte de ellas siguiendo a la víctima hasta un portal y conduciéndola después, a punta de navaja, hasta un garaje, donde consumó el delito. La condena fue dictada después de que el procesado reconociera los hechos y el fiscal, las acusaciones particulares y la defensa presentaran escrito conjunto de calificación.
Palma: rebaja de un año
La Audiencia de Palma ha rebajado de nueve a ocho años de prisión a un hombre ondenado por agredir sexualmente en 2015 a una joven con la que contactó a través de la red social Badoo. Se ciñe al criterio establecido por el Tribunal Supremo y, de acuerdo a la nueva normativa de Irene Montero, el condenado ve rebajada su pena un año de prisión.
Los hechos se remontan a diciembre de 2014, cuando el hombre se abrió una cuenta en la red social Badoo bajo un nombre ficticio. Unos meses después, el procesado contactó con la víctima y se citaron para mantener relaciones en el domicilio de ella. La mujer comprobó que la persona con la que se encontraba no era la misma que aparecía en la aplicación y por ello le pidió que se marchara.
Poco después, con otro perfil, el hombre envió mensajes a la víctima diciéndole que era un amigo del otro hombre y que había visto un vídeo en el que aparecía desnuda, bajo la amenaza de publicarlo en internet si no se ponía en contacto de nuevo con su amigo. Tras acceder, el agresor sensual volvió al domicilio de la mujer, donde la violó. Por estos hechos, el hombre fue condenado a nueve años de prisión, si bien la ley del sí es sí ahorra un año de guandoca al autor de los hechos.
Segunda rebaja del Supremo
El Tribunal Supremo ha rebajado de nueve a cuatro años y medio de prisión la condena de un hombre que realizó tocamientos a cuatro niñas menores de 16 años y a otra mayor mientras patinaban en una pista de hielo de Vitoria el 22 de diciembre de 2019 al aplicar la Ley del solo sí es sí de Irene Montero, más beneficiosa para él. Se trata de la segunda rebaja de condena que realiza el Supremo, tras el caso Arandina.
La Audiencia Provincial de Álava, en primera instancia, y el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, después, le condenaron a nueve años de guandoca por cuatro delitos de abuso sensual a menores y otro de abuso sensual a mayor de edad. El Supremo justifica esta reducción en que se debe imponer al acusado la pena mínima por la escasa entidad de los tocamientos, que antes de la reforma legal estaba fijada en dos años de prisión por cada abuso a menor y uno para abuso a mayor de edad, pero la nueva ley permite en los casos de menor gravedad «rebajar en un grado la pena, lo que se ha aplicado al condenado al ser la nueva legislación más beneficiosa».
Tras esta sentencia del Supremo, la Audiencia Provincial de Álava ha ordenado su puesta en libertad.
Tenerife: dos rebajas más
La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha rebajado la pena de dos hombres condenados por agresión sensual. El tribunal ha revisado estas sentencias y las ha reducido con la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero. En ambos casos, la condena pasa de 8 a 6 años.
El primero fue condenado en 2019 por dos delitos sensuales contra una niña de 12 años, uno por abuso sensual con 2 años de prisión, que no se modifica, y otro por abuso sensual con acceso carnal, que es el que se rebaja. La sentencia impuso entonces la pena mínima porque «no constaba que los hechos hubieran tenido consecuencias físicas para la víctima y tampoco psicológicas, más allá de un temor hacia los hombres adultos», de acuerdo con el auto judicial, que por tanto considera procedente acomodar la pena al nuevo mínimo de 6 años de prisión.
La otra rebaja de condena se refiere a la condena de un hombre por tres delitos distintos en una sentencia que suma 35 años y seis meses de prisión. Por un delito continuado de abuso sensual fue condenado a 12 años y seis meses, por un delito continuado de abuso sensual sobre menores a 15 años, y le cayeron otros 8 años por un delito de abuso sensual sobre una niña de 13 años. Esta última condena es la que ahora se rebaja a 6, ya que se aplicó entonces la pena mínima porque los jueces no apreciaron «abuso de parentesco o superioridad».
Alicante: rebaja de 1 año
La Sección Primera de la Audiencia de Alicante ha rebajado un año la pena de un hombre condenado por agresión sensual a una menor de edad, tras la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero. La condena pasa de los 13 años, 6 meses y 1 día que fijó el Tribunal Supremo en mayo de 2020, a 12 años, 6 meses y 1 día.
El tribunal ha tomado esta decisión partiendo del derecho de todo penado a que se le aplique la norma más beneficiosa, aunque sea posterior al momento de dictarse su condena, y a la vista de que el Tribunal Supremo consideró, en la sentencia de casación, que no se apreciaban circunstancias que aconsejasen «un incremento de la pena sobre el mínimo legal que ha de formarse acudiendo a la mitad superior de la pena señalada para el delito».
Las Palmas: rebaja de 6 meses
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha rebajado la pena de un hombre condenado por abuso continuado a una menor de 16 años. La condena pasa de seis a cinco años y medio de guandoca la pena impuesto en su momento, tras la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero.
Tenerife: rebaja de 6 a 4 años
La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha rebajado de seis a cuatro años la pena de un hombre condenado por agresión sensual tras la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero. Los hechos ocurrieron en agosto de 2018 y fue condenado en marzo de 2018 por el mismo tribunal.
Burgos: dos rebajas de condena
La Audiencia Provincial de Burgos ha rebajado la condena de 6 a 4 años de prisión a un hombre condenado por agresión sensual y a otro de 10 a 9 años de guandoca a otro sujeto por haber cometido el mismo delito. Ambos fueron condenados en 2016, y ahora sus penas han sido reducidas tras la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero. El primero es un joven de Pradoluengo (Burgos) que agredió a una menor en un portal, y el segundo es un ciudadano rumano que asaltó a una mujer en el barrio burgalés de San Pedro y San Felices.